En 2010, el 30º Juzgado Civil de Santiago impuso una multa de 100 UTM ($4.073.100 actuales), en contra de la empresa Geotérmica del Norte S.A., tras incumplir en una serie de labores de mitigación. Ante esto la empresa apeló, sin embargo este lunes el Poder Judicial ratificó la sanción.

En resolución unánime, la 11º Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa interpuesta en la Justicia por la entonces Comisión Nacional de Medio Ambiente (Conama) de Antofagasta, que expuso las faltas de la compañía, ubicada en el sector del Tatio.

Para Geotérmica del Norte S.A. -según indica la resolución judicial-, el fallo carecía de fundamentos, ya que Conama no contaba con las atribuciones de llevar adelante un procedimiento sancionatorio. Asimismo, la entidad fue reemplazada por el Ministerio de Medio Ambiente, lo que no permitiría seguir con la multa.

Para la Justicia, sin embargo, tales argumentos no eran válidos, por lo que afirmaron que “(…) los procedimientos de fiscalización y los sancionatorios iniciados con anterioridad a su vigencia, seguirán tramitándose conforme a aquellas normas hasta su total terminación, por lo tanto la Corema ejerció facultades al amparo de dicha disposición legal”.

Por lo anterior, la Corte de Apelaciones declaró que “la sanción impuesta ha sido proporcional a la infracción y se encuentra dentro del tramo permitido en la ley, no existiendo por tanto ilegalidad alguna al respecto, como tampoco la falta sancionada se encuentra prescrita”.