Multas entre 1 y 100 UTM e incluso penas de presidio arriesgan las personas que infrinjan la Ley de Caza que regula el SAG.

El período de caza inició el 1 de abril y se extenderá hasta el 31 de agosto y está regulado por la ley 19.473, cuyo objetivo es evitar poner en peligro la supervivencia de las especies de fauna silvestre nativa.

El Director Regional del SAG, Eduardo Figueroa, detalló que todas aquellas personas que deseen practicar la caza podrán hacerlo sólo con la previa obtención de un permiso de caza otorgado por el Servicio Agrícola y Ganadero.

Si bien la fiscalización al cumplimiento de la Ley de Caza le corresponde al SAG, las funciones de control también pueden ser ejercidas por Carabineros de Chile, Sernapesca, Conaf, autoridad marítima e inspectores Ad honorem de Caza designados por el SAG.

Quienes practiquen la caza sólo podrán hacerlo en terrenos propios o en ajenos previa autorización por escrito del dueño o de su representante legal.

En cuanto a las multas y sanciones para quienes infrinjan la Ley de Caza, podrán ser dictadas por el SAG o por el Tribunal del Crimen o Juzgado de Garantía, dependiendo de la falta. Éstas varían entre una y 100 UTM, retención de las armas de fuego, suspensión del permiso de caza, prisión en su grado medio a máximo o presidio en su grado medio o máximo.