La Corte Interamericana falló a favor de la jueza Karen Atala, al considerar que el Estado de Chile, mediante la determinación tomada por la Corte Suprema, vulneró variados principios tales como los derechos a la igualdad y la no discriminación, a la vida privada, a la protección a la honra y el derecho de los niños a ser oídos, entre otros.

Recordemos que el caso se hizo conocido en 2004, cuando la jueza de garantía que había hecho pública su condición homosexual y que tenía una nueva pareja, perdió la tuición de sus hijas debido a que los tribunales nacionales consideraron como mejor opción al padre de las niñas.

Tras esto se llevó a cabo un largo proceso, que terminó con la sentencia de la Corte Interamericana que condenó al Estado de Chile por las decisiones de la Corte Suprema y del Juzgado de Menores de Villarrica.

Dicha condena establece que Chile debe brindar atención médica y psicológica gratuita a la jueza Atala, junto con publicar la sentencia en el Diario Oficial, en un diario de circulación nacional y en un sitio web oficial.

Sumado a lo anterior se debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos y se debe “continuar implementando programas y cursos permanentes de educación y capacitación dirigidos a funcionarios públicos a nivel regional y nacional”.

Finalmente se determinó que el Estado debe pagar 34.798.196 pesos (72.000 dólares), mucho menos de lo que originalmente solicitaban los demandantes.

Las cifras fueron desglosadas de la siguiente forma:

- $ 4.841.499 pesos (10.000 dólares) por los gastos médicos y sicológicos en los que incurrió la víctima.

- $ 9.670.999 pesos (20.000 dólares) a Karen Atala por los sufrimientos ocasionados a las víctimas, así como el cambio en las condiciones de vida.

- $ 4.841.499 pesos (10.000 dólares) a cada una de las tres hijas de la jueza (en total 14.502.899 pesos) como indemnización por los “daños inmateriales”.

- $ 5.809.799 pesos (12.000 dólares) a Karen Atala por concepto de costas y gastos.

Al conocer la sentencia, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) señaló que “se ha hecho justicia”, indicando que “en Chile no se respetan los derechos de la diversidad sexual”, por lo que exigieron la aprobación de ley contra la discriminación, así como las uniones de hecho y el matrimonio para todas parejas.

Cabe destacar que si bien el fallo parece duro, finalmente descartó que en nuestro país existan leyes que discriminen a gays o lesbianas, apuntando sólo a un mal procedimiento judicial y además entregando una indemnización bastante menor a la solicitada.

CONOCE AQUÍ EL FALLO ENTREGADO POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS