VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Una mujer en Arica fue sentenciada a devolver un departamento obtenido con el Subsidio DS49, tras ausentarse del lugar, y la Corte Suprema ratificó esta decisión. El beneficio otorga la posibilidad de adquirir vivienda con aportes estatales, con la condición de habitarla por al menos 5 años. Incumplir esta normativa puede llevar a perder el beneficio, lo cual también ocurre si se arrienda, vende antes del plazo legal, usa con fines comerciales, da información falsa, o no paga el crédito.

Recientemente, una mujer fue sentenciada en Arica a devolver un departamento adjudicado con el Subsidio DS49, luego de que el Serviu denunciara la ausencia de la beneficiaria en cada visita, pidiendo su restitución.

La Corte de Apelaciones de Arica emitió sentencia hace algunos meses, tras desestimar las pruebas entregadas por la mujer, quien buscaba probar que efectivamente vivía allí. Ahora, la Corte Suprema ratificó el fallo, por lo que la beneficiaria tendrá que “proceder a la restitución de departamento asignado y que no ocupó”.

Este beneficio permite la compra o construcción de una vivienda, a través de aportes estatales, que se complementan con el ahorro de la familia o postulante individual. La normativa que lo regula, establece, entre otras cosas, que esa propiedad deberá ser habitada por, a lo menos, 5 años desde su entrega material.

Qué motivos harían perder una vivienda adquirida con subsidio habitacional

En ese sentido, el caso antes señalado constituye una de las causas que podrían hacer que una persona pierda un beneficio habitacional. Y es que quienes se adjudican uno de estos aportes, deben cumplir estrictamente con las condiciones de uso, ocupación y destino habitacional.

¿Qué otros escenarios podrían derivar en la pérdida? Entre los motivos más comunes que llevan a esta situación están:

• No habitar personalmente la vivienda.
• Arrendar o vender antes del plazo legal de cinco años.
• Usar el inmueble con fines comerciales.
• Entregar información falsa durante la postulación.
• Incumplir los pagos del crédito habitacional.

¿Qué se puede hacer al respecto?

Eduardo Lara, abogado del departamento de Asistencia Deudores del estudio jurídico Alfaro y Madariaga, explica que las instituciones pueden exigir la restitución total o parcial del beneficio, iniciar cobranza judicial e incluso inhabilitar al beneficiario para futuros subsidios.

“Cuando el Serviu determina que hubo incumplimiento, las personas muchas veces se ven sobrepasadas por la deuda o desconocen cómo defenderse”, afirma.

Respecto a qué se puede hacer en una situación así, el abogado indica que existen distintas alternativas, aunque aclara que la recuperación de la vivienda no es automática. Si el afectado logra pagar o repactar la deuda, o demuestra errores en el procedimiento administrativo, puede solicitar una rehabilitación o revisión de su caso. También es posible recurrir a herramientas judiciales, como la acción de protección o la nulidad de derecho público, cuando se vulneran garantías fundamentales.