Desde artículos de oficina hasta materiales de aseo, estos son los ítems que no se pueden solicitar en la lista de útiles escolares.

Cada vez falta menos para marzo y, por ende, para el retorno a clases. Como es costumbre, muchas familias anticipan durante las últimas semanas de febrero para comprar los materiales solicitados por la respectiva institución educativa. Sin embargo, ocasionalmente puede surgir la duda de si lo que están solicitando está alineado con lo que determina el Ministerio de Educación. ¿Qué es lo que no te pueden pedir en la lista de útiles escolares?

La mayoría de los colegios o escuelas piden elementos estándar para el año escolar, como lápices o cuadernos. Sin embargo, hay registros de otros establecimientos que exigen elementos que, según la autoridad, no corresponderían.

Lo que no te pueden pedir en la lista de útiles escolares

Según indica el sitio web del Ministerio de Educación, no corresponde solicitar los siguientes materiales a las familias:

– Útiles de aseo y/o artículos de oficina: La responsabilidad de adquirir estos elementos es, según consigna el Mineduc, del propio establecimiento. Exigirlo constituye una vulneración de la normativa educacional. Por ejemplo, no te pueden pedir papel higiénico, jabón, toallas húmedas, alcohol gel, etc.

– Útiles y/o uniformes escolares de una marca o proveedor específico: Según explicó el ente, esto se puede solicitar solo de manera excepcional, siempre y cuando haya motivos pedagógicos, sanitarios u otros. Y siempre debe ser una recomendación, nunca una obligación.

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En caso de que haya una falta de determinados útiles escolares, la autoridad es enfática en señalar que esto no podrá ser, en ningún caso, motivo para aplicar medidas disciplinarias. Por ejemplo, prohibir al alumno ingresar a clases, limitar su permanencia en el establecimiento o establecer algún tipo de restricción al pleno ejercicio del derecho a la educación.

Lo anterior también aplica para el uso del uniforme. Ningún establecimiento puede impedir el ingreso o la permanencia en el establecimiento del estudiante por incumplir con la vestimenta. Es más, es posible efectuar la denuncia a la Superintendencia de Educación, lo que puede culminar en eventuales sanciones al recinto.

En esa misma línea, si bien los colegios pueden tener proveedores de uniformes escolares, siempre prevalecerá el derecho de los padres a adquirir el uniforme escolar en el lugar que más se ajuste al presupuesto familiar.