El Juzgado de Garantía de San Bernardo decretó medidas cautelares a J.G.B.P.,-hija de la alcaldesa de la comuna de La Pintana, Claudia Pizarro, imputada por el Ministerio Público como autora de los delitos consumados de lesiones leves y maltrato de obra a carabinero.

El Juzgado de Garantía de San Bernardo decretó arraigo nacional y la prohibición de acercarse a las víctimas a la hija menor de la alcaldesa de La Pintana, de iniciales J.G.B.P.

El Ministerio Público la formalizó como autora de los delitos consumados de lesiones leves y maltrato de obra a carabinero en el ejercicio de sus funciones.

En audiencia, el magistrado Claudio Ortega Loyola acogió las cautelares solicitadas por la fiscalía, al considerarlas apropiadas y proporcionales a los fines del procedimiento. Además, fijó en 70 días el plazo de investigación.

Según el ente persecutor, el hecho ocurrió a las 18:00 horas del martes en San Bernardo, cuando la imputada, quien se encontraba en evidente estado de ebriedad, le dijo a una guardia de seguridad de un condominio que quería ingresar a buscar su teléfono celular.

Ante la negativa de la trabajadora, la imputada saltó el torniquete de acceso, tomó de la cabellera a la vigilante y le azotó la cabeza, junto con darle un golpe con el codo derecho en la nariz, causándole lesiones de carácter leve.

Al lugar concurrieron funcionarios de Carabineros, quienes procedieron a la detención de la imputada y a trasladarla a constatar lesiones en un vehículo policial, al SAPU Raúl Brañes de la comuna.

Al llegar al centro asistencial, uno de los funcionarios policiales abrió la puerta del carro para bajar a J.G.B.P., quien procedió a atacarlo con golpes de puño y pie y a rasguñarlo en ambas muñecas.

Tras esto, se tomó conocimiento de que se trataba de la hija menor de la alcaldesa de la Municipalidad de La Pintana, Claudia Pizarro, quien -durante la jornada del miércoles- confirmó que su hija iba a enfrentar la justicia “sin privilegios”.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)