Esta mañana se materializó el traslado a la cárcel de Villarrica del imputado por el homicidio del DJ Diego Herrera, hecho registrado al exterior de un bar en Concepción. De esa forma, el acusado cumplirá en la región de La Araucanía la cautelar de prisión preventiva.

Luego de la denuncia por desacato, Gendarmería materializó el traslado de imputado por el homicidio del DJ Diego Herrera, quien recibió un disparo al exterior del Bar Reunión en Concepción, en la región del Bío Bío.

Hace dos semanas que el Juzgado de Garantía de Concepción había acogido la solicitud presentada en nombre de Maximiliano López Hahn, decretando su traslado a la cárcel de Villarrica.

La medida no fue cumplida, siendo reiterada sin éxito la semana pasada, tras lo cual el tribunal decidió este jueves enviar los antecedentes al Ministerio Público, pidiendo abrir una investigación por desacato contra el recién asumido director regional de Gendarmería, coronel Roberto Maldonado.

Consultado el oficial sobre esta situación, informó esta mañana se produjo el cambio de lugar para el cumplimiento de la prisión preventiva que cumple el imputado por el asesinato del DJ Diego Herrera, deslizando que la demora del traslado se debió a la planificación para un operativo de cierta complejidad.

El abogado del imputado, Hans Laurie, saludó el cumplimiento de la medida, aunque insistió en observar el tiempo que demoró Gendarmería en acatar la resolución judicial, esperando, por la gravedad del incumplimiento, que la Fiscalía determine la responsabilidad en el desacato denunciado.

El traslado fue solicitado debido al domicilio del padre y otros familiares en el área de Villarrica-Pucón, a la espera de lo que podría ser la pronta acusación del Ministerio Público, para llevar a juicio a López Hahn por el delito de homicidio.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)