Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Tres imputados fueron declarados culpables por robo con violencia calificado y lesiones contra un estudiante en Puerto Montt en 2024, sin acreditarse el secuestro. Los acusados Yonni Cabero, Julio Apablaza y Aarón Alvarado fueron sentenciados por sustraer al estudiante, golpearlo y retenerlo. La Fiscalía solicitó penas de hasta 70 años de cárcel, mientras la defensa alegó participación circunstancial y criticó la falta de pruebas de la Fiscalía.
Culpables fueron declarados tres imputados por el robo con violencia calificado y lesiones cometidas contra un estudiante universitario en 2024 en Puerto Montt, en la región de Los Lagos. El Tribunal Oral en lo Penal no acreditó el delito de secuestro.
Así lo resolvieron los jueces Rosario Cárdenas, Jorge Díaz y Francisco Del Campo respecto a los acusados Yonni Cabero, Julio Apablaza y Aarón Alvarado.
El delito de secuestro fue recalificado por robo con violencia calificado, correspondiente a la sustracción ocasionada con violencia, heridas graves o la retención de la víctima por un tiempo mayor al necesario para hacerse de un determinado botín.
Posteriormente, fue trasladado en el portamaletas del vehículo, maniatado hasta un inmueble y luego a un camping del sector de Llinquihue, donde nuevamente fue agredido y sometido a diversos vejámenes.
La persecutora añadió que, si bien el tribunal dio por acreditados todos los hechos de la acusación, estableció como calificación jurídica el robo con violencia calificado. “Lo que el tribunal entendió es que el abordaje a la víctima no fue en primer término para secuestrar, sino más bien para robar”, explicó la fiscal.
De acuerdo con la información de Radio Bío Bío, el Ministerio Público no habría presentado evidencias en video o testigos que grafiquen la ocurrencia del ilícito acontecido el 14 de abril de 2024, en calle Egaña, a la altura de Covadonga.
Defensa critica investigación de la Fiscalía
La abogada Tábata Recabarren, defensora de Yonni Cabero, criticó a la Fiscalía, indicando que “lo más importante en causas de gran sensibilidad es primero investigar y luego hacer pirotecnia”, debido a que las calificaciones jurídicas se hicieron antes que la indagatoria estuviera asentada.
A su juicio, “esto demuestra una vez más la visión de túnel por parte de la Fiscalía a la hora de investigar”. “La Fiscalía investigó para condenar y no para probar”, añadió Recabarren.
Es preciso indicar que, por este caso, el Ministerio Público pide penas que suman en total 70 años de cárcel.
La abogada, que iba de copiloto en el auto en el que fue llevado el estudiante del DOUC, relató que su representado venía de una celebración, siguiendo la idea de una participación circunstancial en el delito, agregando su conformidad con la determinación del tribunal, junto con mostrarse confiada en que su representado no será castigado con la pena que pide la Fiscalía.
El Ministerio Público mantuvo su petición de 20 años para los tres investigados, declarados culpables por robo con violencia calificado, además de 10, en el caso de Julio Apablaza, quien fue detenido portando un arma adaptada y productos químicos que sirven para abultar drogas.
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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