La Justicia explicó que para el ex funcionario de la Armada que provocó la muerte de 3 adolescentes tras volcar ebrio en el puente Río Negro en Hualaihué, región de Los Lagos, sin haber obtenido licencia de conducir, se aplicó el máximo de la pena permitida por la ley.

Esto luego de las críticas ciudadanas que provocó el fallo que sentenció a Iván Nieto a 5 años de presidio, lo que fue reemplazado por una libertad vigilada intensiva, a lo que se agrega el pago de una multa de 1 millón 592 mil pesos, aproximadamente, más las costas del juicio.

Al sentenciado le pesa también la inhabilidad perpetua para conducir vehículos motorizados, ejercer cargos públicos, como también la obligación de mantenerse en la dirección que declare entre las 23 horas y las 5 de la madrugada.

El juez vocero del Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt, Francisco Del Campo, explicó que cuando se cumple con determinadas condiciones, se debe otorgar la pena sustitutiva.

Para las penas entre 3 años y 1 día a 5 años, cuando no existen antecedentes en el historial del imputado, hay colaboración y no existe fuga, se aplica la vigilancia intensiva, que consta en que el sentenciado deba presentarse, en principio, cada semana en un recinto de Gendarmería, entre otros requerimientos.

El magistrado del Tribunal Oral en lo Penal, aseguró que se aplicó el máximo que permite el reglamento.

El fallo detalla que el acusado fue condenado como autor de un único delito consumado de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte, lesiones leves y daños, lo que genera penas que no pasan a los 5 años y 1 un día de presidio, algo que de concretarse, habría provocado que Iván Nieto vaya a la cárcel.

La Ley Emilia, castiga con al menos un año de cárcel a quienes manejen después de haber consumido alcohol, algo que se cumplió con la prisión preventiva.