La Corte Suprema ordenó este jueves la liberación de los ocho detenidos en el marco de la Operación Huracán, esto tras determinar la falta de fundamentos para justificar su participación en los atentados imputados por el Ministerio Público.

Recordemos que la fiscalía presentó conversaciones de WhatsApp y Telegram para argumentar que estas personas habrían actuado de manera coordinada, presuntamente difundiendo instrucciones a través de telefonía celular -mediante servicios de mensajería- por lo que solicitaron la medida de prisión preventiva.

El vocero del órgano jurisdiccional, Milton Juica, dio a conocer que de forma unánime la Segunda Sala decidió acoger los recursos de amparo presentados por la defensa de los comuneros mapuches.

El fallo explica que se deja sin efecto la resolución que decretó la prisión preventiva a los acusados, ya que los antecedentes que entregó la fiscalía no eran suficientes para acreditar una medida cautelar tan gravosa. Por ello se dispuso la libertad inmediata, si es que ellos no estuviesen privados de ella por otra causa.

Esta acción de se realizó sin perjuicio de que el Ministerio Público y la parte querellante puedan solicitar nuevamente la medida cautelar con nuevos antecedentes, ya que la investigación continúa.

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