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La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de J.A.C.M., condenado a 17 años de presidio efectivo por abuso sexual y violación de dos menores de 14 años entre 2004 y 2012, y 2016, en Chile Chico. La Primera Sala del tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia, argumentando que el defensor pudo ejercer sus facultades en el juicio.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a J.A.C.M. a la pena de 17 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de abuso sexual y violación en contra de dos menores de 14 años.
Los ilícitos fueron perpetrados entre 2004 y 2012, y 2016, en la comuna de Chile Chico.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
“A juicio de estos sentenciadores, no se advierte que en las audiencias de juicio, hubiere ocurrido o alegado el vicio que ahora se reclama, esto es, que se le haya impedido al defensor ejercer las facultades que la ley le otorga, pues de la lectura de su propio recurso se desprende que, contó con la debida asistencia letrada en cada una de las intervenciones que se realizaron, pudiendo ejercer, su apoderado, las debidas alegaciones y facultades que la ley le otorga en el ejercicio de su defensa”, sostiene el fallo.
Por tanto, se resuelve que “se rechaza, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por la defensa (…) en contra de la sentencia definitiva pronunciada en esta causa, con fecha 7 de mayo del año 2024, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, conforme a la cual se condenó a J.A.C.M. (…)”.
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