Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó a M.J.B.B. a la pena de 15 años y un día de presidio, luego de comprobarse que abusó sexualmente y mostró material pornográfico a su hija menor a 14 años de edad, ilícitos perpetrados entre 2014 y 2019.

En fallo unánime, el tribunal copiapino dio por acreditado, que entre 2014 y 2019, en un domicilio ubicado en la población Colonias Extranjeras de Copiapó, en diversas ocasiones, M.J.B.B. le efectuó tocamientos indebidos a la víctima, su hija menor de 14 años de edad a dicho periodo.

Además el hombre le exhibía material pornográfico, aprovechando cuando la madre de la niña se encontraba ausente.

El tribunal le impuso también a M.J.B.B. las penas especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.

Además, la justicia ordenó oficiar al Servicio de Registro Civil e Identificación para que practique una subinscripción al margen de la inscripción de nacimiento de la víctima, que consigne que el sentenciado “(…) quedará privado de la patria potestad si la tuviere o quedará inhabilitado para obtenerla si no la tuviere”.

De igual manera, se decretó la inhabilidad de “todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la víctima, de sus ascendientes y descendientes”.

Asimismo, junto con los 15 años de cárcel, se decretó que “si el condenado es una de las personas llamadas por ley a dar su autorización para que la víctima salga del país, se prescindirá en lo sucesivo de aquella. El pariente condenado conservará, en cambio, todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de la víctima o de sus descendientes”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.