La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó este lunes el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la condena de 20 años de presidio efectivo contra Yonatan Esteban Cárdenas Nahuelquín. Esto, luego de ser calificado como autor del delito de femicidio de su exconviviente, Karina Barría Muñoz, ilícito perpetrado en junio de 2015, en Puerto Aysén.

En fallo unánime, el tribunal de alzada confirmó la resolución recurrida que aplicó, además, a Cárdenas Nahuelquín las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos.

El organismo rechazó la pretensión de la defensa, en orden a que el tribunal de primera instancia no habría considerado, al determinar la pena, “dos circunstancias atenuantes y ninguna agravante, por lo que a su juicio, “el tribunal está, en todo caso, obligado a rebajar la pena correspondiente, a lo menos en un grado, pero siempre debe decidir por una rebaja”.

Argumentos que el tribunal de alzada rechazó, teniendo especialmente presente “(…) que la rebaja de pena que autoriza la ley, para casos como el que se conoce, es meramente discrecional y no imperativa, existiendo, además, texto expreso en la ley que lo hace meramente facultativo, por lo que no se puede acceder a lo señalado por la defensa y, por lo mismo, no puede entenderse que haya existido una causal de nulidad que amerite acoger ésta”.

Por dichas consideraciones, concluye, “(…) se rechaza, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por Lorenzo Darío Avilés Rubilar, abogado defensor penal privado, en representación de Yonatan Esteban Cárdenas Nahuelquín, en contra de la sentencia de fecha dos de Mayo de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, mediante la cual se condenó al acusado, ya individualizado, a la pena de veinte años de presidio mayor en su grado máximo y accesorias correspondientes, como autor del delito de femicidio de su exconviviente, Karina Alejandra Barría Muñoz, perpetrado en Puerto Aysén.