A contar de este 4 de octubre, la ley sanciona con mayor castigo a quienes se vean involucrados en carreras clandestinas de vehículos motorizados. En concreto, la norma establece penas que pueden llegar hasta los 20 años de cárcel y multas que superan el millón de pesos. De igual forma, se establecen sanciones para quienes sobrepasen en 60 km/h el límite de velocidad permitido.

Durante la jornada de este martes 4 de octubre, se publicó en el Diario Oficial la nueva ley que aumenta las sanciones contra las carreras clandestinas de vehículos motorizados, así como quienes sean sorprendidos transitando a más de 60 km/h del límite establecido.

De acuerdo a la nueva norma, los castigos pueden alcanzar los 1,2 millones de pesos en multa y hasta 20 años de cárcel para quienes causen daños graves, muertes u organicen apuestas en torno a este delito.

Nueva ley contra carreras clandestinas

De acuerdo a lo informado por el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, en Chile mueren en promedio 5 personas debido a accidentes de tránsito cada día.

En ese contexto, se aprobó y promulgó la nueva ley 21.495, que sanciona la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados, también llamadas carreras clandestinas.

De igual modo, la norma sanciona otras conductas e introduce la “velocidad temeraria”, que consiste en manejar un vehículo a más allá de 60 kilómetros por hora, del límite establecido por la ley.

¿Qué se entiende por carrera clandestina?

Según la nueva ley, se entiende por carrera clandestina de vehículos motorizados, aquellas no autorizadas, como:

  • Las que se efectúen contra otros vehículos, contra reloj o cualquier otro dispositivo para medir el tiempo, para medir velocidades máximas o hasta llegar o pasar un punto, meta o destino determinado.
  • Competencia de destrezas, deslizamientos o derrapes.
  • Competencias de maniobras o de velocidad que pongan en peligro la vida o integridad física de terceras personas.
  • ¿Cuáles son las sanciones de la nueva ley de carreras clandestinas?

    En ese sentido, quienes solo participen de este tipo de actividades ilegales, o a raíz de esto, causen daños materias o lesiones leves, serán sancionados con penas de reclusión, desde los 61 a 540 días de cárcel, o bien, una multa de dos a diez UTM (Desde $120 mil aproximadamente a casi $600 mil).

    En tanto, si por esta acción provocan lesiones menos graves o graves, la pena será de 541 días a 3 años de cárcel y multa de 4 a 12 UTM (entre $238 mil y $715 mil).

    Por otro lado, si las consecuencias son lesiones graves o la muerte de un tercero, la sanción puede ascender hasta los 20 años de cárcel.

    Y del mismo modo, las personas que organicen carreras clandestinas, serán sancionadas con penas de presidio y multas que superan el millón de pesos con la nueva ley.

    ¿Qué es y cómo se castiga la Velocidad Temeraria?

    Por último, la nueva “ley de carreras clandestinas” introduce un nuevo concepto, la velocidad temeraria.

    En ese sentido, quien sobrepase en 60 km/h los límites de velocidad, será sancionado con hasta 61 días de cárcel y una multa que puede sobrepasar los $600 mil.

    Igualmente, se le suspenderá la licencia de conducir por 2 años, si es la primera infracción; 5 si es la segunda vez; y de por vida, en una tercera oportunidad.

    Esto significa que si en una vía urbana, cuya velocidad máxima es de 50 km/h se sorprende a alguien conduciendo a 110 km/h, esa persona podría sufrir penas de cárcel o las multas recién mencionadas.