Este jueves comenzó la audiencia de formalización en contra de Luis Santander en el Juzgado de Garantía de Coquimbo, imputado por la presunta responsabilidad en los delitos reiterados de violación y abuso sexual impropio contra la menor asesinada a los 12 años en el sector La Cantera, de la comuna puerto, en noviembre de 2020. Sin embargo, a pocos minutos de su inicio, el juzgado debió suspenderla por un cambio en la defensa del acusado.

Durante la jornada de este jueves, el Juzgado de Garantía de Coquimbo informó que la defensa del padrastro de Melisa Chávez, Luis Santander, quedó a cargo de la Defensoría Penal Pública.

Esto, luego que el hombre no llegara a un acuerdo con el abogado particular. Por esto, la audiencia tuvo un receso.

A Santander se le imputa la presunta responsabilidad en los delitos reiterados de violación y abuso sexual impropio contra la menor asesinada a los 12 años en el sector La Cantera, de la comuna de Coquimbo, en noviembre de 2020.

Pocos minutos pasados el medio día, en el Juzgado se dio inicio a la formalización del individuo, quien fue detenido por la PDI durante la tarde del miércoles.

Sin embargo, una hora más tarde, la mismas entidad judicial anunció un receso, al determinarse que la defensa será asumida por la Defensoría Penal Pública, esto luego que el acusado rechazara ser representado por el abogado defensor de la madre de Melissa, Mirta Ardiles, a quien se le imputa la autoría la muerte de la niña de 12 años.

Se espera que a eso de las 15:30 se reanude la audiencia por su presunta responsabilidad.

Cabe recordad que el caso de Melissa Chávez se conoció cuando la Fiscalía de Coquimbo determinó que la muerte de la menor no se produjo debido a una asfixia ni por acción del fuego, si no que por participación de terceras personas.

Por la anterior, su madre fue enviada a prisión preventiva imputada por parricidio e incendio.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)