Ana y Sergio eran una pareja de ancianos que vivía tranquilamente en el sector de El Belloto, comuna de Quilpué. No obstante, luego de sufrir un accidente doméstico, Ana de 93 años debió ser sometida a una cirugía, debiendo permanecer hospitalizada por un tiempo mientras se recuperaba.

En el entretanto, y sin el conocimiento de la familia, Sergio le otorgó un mandato general a una vecina -supuestamente de confianza- con la intención de facilitar el cobro de su pensión y otros ahorros que él tenía en el banco.

Al poco tiempo la señora Ana falleció, y cuando la familia debió cubrir los gastos médicos y funerarios, se encontró con la sorpresa de que todos los ahorros que tanto Sergio como Ana habían guardado para este tipo de eventualidad habían sido retirados del banco.

Además, su departamento había sido arrendado y posteriormente vendido.

¿La responsable? La vecina a quien le habían conferido un mandato. No hubo mucho que hacer y todo quedó en la impunidad, principalmente por el fallecimiento de la pareja de ancianos y la lentitud del sistema judicial.

Ante este tipo de casos, es que actualmente se tramita un proyecto de ley para prevenir y sancionar penalmente el abuso patrimonial contra adultos mayores y personas con discapacidad.

Proyecto establece una dura sanción

De acuerdo a la iniciativa, quienes sean sorprendidos cometiendo este nuevo delito arriesgan una pena de presidio menor en su grado máximo, es decir, desde tres años y un día a 5 años de cárcel.

Asimismo, se propone que si quien comete el delito es un familiar o quien tenga bajo su cuidado al adulto mayor, se le aplique el máximo de la pena.

La iniciativa ya superó su primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados, y actualmente está en la Comisión Especial del Adulto Mayor del Senado.

Según aseguró ante la Sala de la Cámara una de las impulsoras de la ley, la diputada Érika Olivera, pese a que el abuso patrimonial contra los adultos mayores y personas con discapacidad es una realidad dramática, los mecanismos que actualmente tenemos en nuestra legislación son insuficientes.

En ese sentido, y ante el dramático caso de Ana y Sergio, parece evidente la facilidad que tienen determinadas personas para engañar a los más vulnerables, abusando de los vínculos de confianza y apropiándose de los bienes que, con mucho esfuerzo, han logrado tener para una vejez digna.

“Con angustia a menudo soy testigo de la tragedia que sufren los adultos mayores en nuestro país, a quienes se les despoja de su dinero y hasta del techo porque el que lucharon toda su vida”, se lamenta la parlamentaria.

Un nuevo mecanismo de fiscalización y denuncia

Precisamente ese elemento de confianza hace difícil detectar este tipo de conductas abusivas, por ello siempre la fiscalización, la denuncia y el proceso judicial llegan tarde cuando los bienes ya no están en el patrimonio de los afectados, quienes generalmente no tienen los recursos necesarios para solventar un proceso judicial.

“Lo más doloroso para ellos es que, en la mayor parte de los casos, el abuso y despojo de todas sus cosas provienen de la acción de un familiar o una persona muy cercana”, agrega.

Por ello, este proyecto de ley ha sido enfocado directamente en mejorar los mecanismos de detección de este tipo de abusos patrimoniales en contra de adultos mayores y personas con discapacidad adaptando a nuestra realidad jurídica nacional un mecanismo de denuncia que ya existe en otros países, resaltó Olivera.

En ese sentido, recordó que en esas naciones las instituciones que administran recursos, bienes o dinero de los adultos mayores o personas con discapacidad -tales como bancos, financieras, AFP, cooperativas y compañías de seguro, entre otras- tienen la obligación a denunciar o reportar aquellas situaciones sospechosas de que posiblemente constituyan un delito.

En el caso de nuestro país, la denuncia se deberá realizar directamente al Ministerio Público a fin de que inicie una investigación y lograr detener y sancionar la conducta abusiva.

Son estas instituciones quienes, en el desarrollo de su giro, se encuentran en mejor posición para detectar rápidamente posibles delitos e informarlos a la autoridad competente, puntualiza Olivera.

Violencia Intrafamiliar

Pero además, se incorporó una definición de abuso patrimonial dentro de la Ley de Violencia Intrafamiliar, dado que generalmente se da en el contexto familiar.

Así también, esta definición permitirá que quien será primeramente competente para conocer e intervenir en estos casos sea un juez de familia, quien podrá tomar medidas de protección de manera más oportuna y eficaz, sin perjuicio de que posteriormente deberá remitir al Ministerio Público los antecedentes cuando estime que hay presuntos delitos relacionados.

“En mayo de este año, la iniciativa fue aprobada por unanimidad, pues a nadie le cabe ninguna duda de la urgente necesidad que existe en esta materia”, aseguró Olivera.

En esa línea, la parlamentaria hizo un llamado al Senado para tramitar sin demoras esta iniciativa.

“Por todo esto hago un imperioso llamado al Senado para que le den prioridad al proyecto de Abuso Patrimonial en contra de los Adultos Mayores, que tan golpeados han sido por esta pandemia ¿Por qué esperar a que, además, sean maltratados por aquellos a quienes tanto han querido?”, concluyó.