Según establece la ley que permite retirar el 10% de las AFP, las personas que tienen deudas de pensiones de alimentos NO podrán sacar su totalidad o parte de los ahorros previsionales, debiendo destinar esos fondos al pago de dichas pensiones impagas.

Es por esto, que muchas personas, en su mayoría mujeres, que han demandado por el no pago de pensión de alimentos, han solicitado a los tribunales de familia en estos días, que se retenga el monto de retiro del 10% de AFP, siempre y cuando este deudor haya solicitado su retiro de los fondos.

Cifras del Poder Judicial sostienen que ayer de julio, se ingresaron 49.648 solicitudes para retener el 10% de los fondos de deudores, y que durante la semana el número supera las 100.000 peticiones, consignó La Tercera.

Para realizar este trámite, el Poder Judicial lanzó a través de su página web, un link para solicitar la retención, por lo que la causa debe estar judicializada para acreditar la deuda.

Así lo explicó Andrea Camargo, abogada de la Universidad Central y presidenta de la Fundación Mujeres.

Con estos requisitos se ingresa a la página de la oficina virtual del Poder Judicial, donde habrá un botón llamado “retención judicial del 10% de la AFP”, donde le pedirán la clave única (se puede obtener en el Registro Civil) o con la “segunda clave”, que usan las personas involucradas en causas de los tribunales de familia.

El abogado experto en litigios complejos, Juan Pablo López, enfatizó que es necesario saber los trámites de la causa, las partes intervinientes, es decir, el demandante y demandado.

Cada tribunal de familia tienen una unidad especializada que verá la liquidación de la deuda.

Una vez liquidada la deuda, se determinará cuánto adeuda y cuánto debe la AFP enviar a la cuenta corriente del Tribunal que luego ordenará el deposito de los fondos en la cuenta RUT de la persona demandante.

Hay que aclarar también que todo el trámite puede demorar más de 10 días, que es el plazo para el primer pago pago por parte de las AFP.

Este jueves, la Corte Suprema dará a conocer un instructivo y conocer también cómo se hará el cruce de información entre los tribunales y las administradoras.