La Sala del Senado aprobó por unanimidad el proyecto que modifica el Código Penal para tipificar el acoso sexual en espacios públicos, delito que podría llegar a ser sancionado con multas y cárcel.

Esta iniciativa, que se encuentra en segundo trámite constitucional, estará disponible para el envío de indicaciones hasta el 26 de noviembre.

Destacando la importancia que tiene, Isabel Allende lamentó que “todavía tenemos ciudadanos que creen que es factible tener actos de connotación sexual no consentidos en espacios públicos. Queremos terminar con estas situaciones”.

Asimismo, Francisco Chahuán añadió que “9 de cada 10 mujeres han sido víctimas de acoso en el transporte público, eso habla de una cultura que tenemos que erradicar”.

En concreto, la moción estipula que “el que realizare una acción sexual que implique un contacto corporal contra una persona mayor de 14 años que provoque en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo, sin que medien los términos señalados en el artículo 366 ter, será penado con presidio menor en su grado mínimo”, es decir, reclusión carcelaria entre 61 y 540 días.

Junto con ello, se estableció que se impondrá una multa equivalente a una 1 UTM ($48.160).

Sin embargo, si dichos actos consistieren en la captación de imágenes, vídeos o cualquier otro registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de él, se impondrá una pena de multa entre 5 a 10 Unidades Tributarias Mensuales ($481.000)

Si el registro es divulgado por medios de difusión, se impondrá una pena de multa entre 10 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (hasta $963.200).