En fallo dividido, la Tercera Sala de la Corte Suprema ordenó mantener en reserva las identidades de los 19 agentes de la Central Nacional de Inteligencia (CNI) que se mantienen en el Ejército como empleados fiscales hoy en día.

El fallo del máximo Tribunal consideró que la divulgación de tal información vulneraría la “honra de los afectados y sus familias”, además de derechos consignados en la Constitución de la República y que atañen su seguridad, salud y el bienestar de su esfera privada.

De esta manera, la Corte rechazó el recurso de queja que fue presentado por el comandante en jefe del Ejército en contra de los ministros integrantes de Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

La autoridad, en su requerimiento, “acompañó copias simples de diversas publicaciones periodísticas en las que se da cuenta de al menos ocho actividades conocidas como “funas” (…) a personas acusadas de violaciones a los Derechos Humanos, con el fin de desacreditarlas ante la comunidad”, sostuvo el dictamen.

Lo anterior, obligó a los sentenciadores a considerar “que hechos como los descritos puedan llegar a afectar a los empleados civiles del Ejército tantas veces mencionados, de modo que se ha de concluir que existen elementos bastantes para estimar que la revelación de su identidad redundará, con toda probabilidad, en la afectación de su seguridad y la de su familia“.