La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una multa de 100 UTM ( $4.835.300 pesos) aplicada por el Consejo Nacional de Televisión a TVN por “difundir antecedentes de un menor vulnerable” en el matinal Muy Buenos Días.

En fallo unánime (causa rol 575-2018), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jaime Balmaceda, Gloria Solís y el abogado interino Rodrigo Asenjo– ratificó la decisión del CNTV, que sancionó al canal público por emitir información del menor de edad en el programa del 30 de mayo de 2018.

El hecho aludido en el matinal era la detención de una pareja por tráfico de drogas, luego que el jardín infantil de su hijo diera aviso que este, de sólo 3 años, portaba 17 papelillos con cocaína.

“Que en este contexto normativo, no puede sino coincidirse con lo concluido por el Consejo Nacional de Televisión en la sentencia objeto del recurso de apelación, en tanto la exhibición de los hechos por el canal de televisión sancionado, en la forma que se describe en el motivo Segundo del fallo, efectivamente importó un tratamiento imprudente de una noticia”, se lee en el fallo judicial.

“Por cuanto, sin perjuicio de su evidente interés público, se entregaron datos que objetivamente posibilitaban la identificación del menor involucrado, al señalarse la edad del mismo y de su hermana, el nombre del Jardín Infantil al que acudía y el nombre de la calle, la comuna del hogar familiar donde se realizó el operativo y detención de sus padres y la identificación de éstos con nombres, apellidos y edad”, agrega el texto.

“Ello evidentemente contraviene el citado artículo 8° y justifica la imposición de la multa, compartiéndose además los argumentos expuestos por el Consejo Nacional de Televisión en los fundamentos Vigésimo Primero a Vigésimo Octavo al referirse a los descargos de Televisión Nacional de Chile, de modo tal que la decisión de primera instancia debe ser mantenida”, acota el fallo.