El martes pasado la vida de Hernán Calderón Argandoña dio un giro radical. De haber anunciado a los ganadores de dos premios de $500 mil pesos por un concurso en Instagram, horas después pasó a ser un prófugo de la justicia tras apuñalar a su padre Hernán Calderón Salinas, en su departamento en Las Condes.

De acuerdo a la información proporcionada por el abogado de Calderón Salinas a Julio César Rodríguez en el matinal Contigo en la mañana, el joven de 23 años llegó durante esa tarde hasta el hogar de su papá donde tras una discusión, lo apuntó con un arma de fuego y luego lo agredió con un cuchillo en diversas oportunidades.

El hijo de Raquel Argandoña se dio a la fuga, mientras que su progenitor fue trasladado hasta la Clínica Alemana donde quedó internado por las diversas heridas en manos y antebrazos, una de ellas de gravedad. El destacado abogado sufrió cortes en dos tendones de su mano derecha y no se sabe si podrá recuperar la movilidad.

Calderón Salinas anunció que se querellará por parricidio frustrado en contra su hijo, en cuyo departamento además se encontraron armas, municiones y drogas.

¿Qué le espera al entregarse?

Se rumorea que el estudiante de Derecho podría entregarse a la policía durante esta jornada. De hacerlo, deberá ser puesto a disposición del Juzgado de Garantía respectivo dentro de un plazo máximo de 24 horas. Allí, se procederá a realizar una Audiencia de control de detención.

“En su caso, el fiscal podrá proceder a su formalización, momento a partir del cual puede solicitar al tribunal la aplicación de una medida cautelar personal, siendo la de mayor gravedad, la prisión preventiva”, explicó a BioBioChile Alejandro Leiva López, profesor de Derecho Penal y director de Postgrado Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae.

Tras la formalización, comienza a correr el plazo de investigación, el cual puede durar un máximo de dos años.

“Si llegase a ser condenado por el delito de parricidio, la pena que arriesga, de acuerdo al artículo 390 del Código Penal, es de presidio mayor en su grado máximo (15 años y 1 día a 20 años) hasta presidio perpetuo calificado”, aseguró Leiva.

“Ahora bien, como el delito no se consumó -no logró dar muerte a su padre-, si el tribunal considera que hubo delito frustrado -el delincuente puso de su parte todo lo necesario para que el crimen se consume y esto no se verifica por causas independientes de su voluntad-, la pena se puede rebajar hasta en 1 grado respecto del delito consumado”, añadió.

Según explicó el abogado, si eso llegase a ocurrir y sumado a “ciertas circunstancias atenuantes que puedan concurrir, como por ejemplo, la irreprochable conducta anterior, la pena se podría rebajar aún más (2 o 3 grados). Sin embargo, la pena concreta que se le aplique en caso de ser condenado, difícilmente podrá bajar de los 10 años, dada la gravedad del delito, lo cual implica presidio efectivo”.

“Si se piensa, hasta el 2001 el delito de parricidio tenía como pena máxima la de muerte. Se trata, en efecto, de uno de los delitos de mayor gravedad que contempla nuestra legislación dado el vínculo de sangre que une a la víctima con el victimario. No por nada, algunos autores han planteado que se trata del primer delito que registra la etnología e, incluso, sostienen que es el crimen antiguo por antonomasia”, cerró.

¿Qué ocurrirá con sus estudios?

En 2016, Calderón Argandoña ingresó a estudiar Derecho en la Universidad Andrés Bello, donde hasta el momento sigue matriculado.

Desde la institución explicaron a BioBioChile que están atentos al caso, a la espera que el proceso “siga su curso natural” y aguardando “cualquier determinación que emane desde la justicia”.

No obstante, el panorama profesional para Hernán no se ve nada sencillo, ya que de ser efectivamente acusado por parte del Ministerio Público o posteriormente condenado por los tribunales de justicia, no podrá titularse como abogado.

“En caso de que Calderón fuese acusado o condenado por un crimen o simple delito que merezca pena aflictiva -esto es, a una pena igual o superior a 3 años y 1 día-, no podría prestar juramento como Abogado ante la Corte Suprema”, aseguró Leiva.

“Lo anterior, se encuentra expresamente establecido en el numeral tercero del artículo 523 del Código Orgánico de Tribunales, el cual establece que: ‘Para poder ser abogado se requiere: 3°) No haber sido condenado ni estar actualmente acusado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva’”, sentenció.

El docente agrega que sin el título de abogado, Calderón se encontraría impedido de defender ante los Tribunales de Justicia los derechos de las partes litigantes. “Lo anterior, no obsta a que mientras continúe en la carrera de Derecho, entre tercer a quinto año o, por el período que media entre su egreso y hasta tres años después de haber rendido los exámenes correspondientes, pueda comparecer ante los tribunales de justicia (art. 2, Ley N° 18.120). Transcurridos estos plazos, sin haber obtenido el título de Abogado, no podría comparecer y, por tanto, ejercer en el ámbito legal“, afirmó.

Sobre una posible expulsión de la universidad, el profesional añadió que todo depende de los reglamentos internos de la institución y Facultad de Derecho. “Ahora bien, la regla general es que los respectivos reglamentos de ética establezcan sanciones que pueden llegar hasta la expulsión de la carrera por hechos de carácter grave, como éste”, cerró.