VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema rechazó el recurso de Tianqi en su disputa por el acuerdo entre SQM y Codelco en el Salar de Atacama, validando la alianza. El tribunal determinó que el recurso no identificaba claramente las normas supuestamente infringidas por la Comisión para el Mercado Financiero. El Consejo de Defensa del Estado destacó la legalidad del acuerdo, resaltando la importancia para el desarrollo del país.

La Corte Suprema terminó por dar el portazo a Tianqi en su extensa batalla judicial por el acuerdo entre SQM y Codelco.

El máximo tribunal del país confirmó la legalidad de la alianza entre la estatal y la minera no metálica por el Salar de Atacama, desestimando el recurso interpuesto por la compañía asiática, uno de los principales accionistas de SQM.

Al respecto, la Corte determinó que el recurso no tenía una identificación clara y precisa de las normas que presuntamente había infringido la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) en cuanto a su pronunciamiento sobre el acuerdo que dio luz a NovaAndino.

Corte Suprema da portazo a Tianqi por acuerdo entre Codelco y SQM

De esta forma, consignaron desde el Consejo de Defensa del Estado (CDE), la justicia concluyó que no existe ilegalidad en los actos del regulador, validando el diseño institucional y regulatorio del acuerdo enmarcado en la Estrategia Nacional del Litio.

El presidente del CDE, Raúl Letelier, dijo que valoran profundamente la sentencia, “que vuelve a confirmar la corrección en el ejercicio de las potestades del Estado de Chile para desplegar una política pública esencial para el desarrollo del país”.

“La sentencia valida nuestra posición jurídica y reafirma que la Comisión para el Mercado Financiero no incurrió en ilegalidad alguna en validar la forma en que se llevó a cabo el acuerdo entre Codelco y SQM para la explotación de litio”, sentenció Letelier.

El Consejo de Defensa del Estado fue parte de la defensa fiscal en un caso donde Tianqi, en reiteradas ocasiones, cuestionó el acuerdo entre Codelco y SQM, señalando que debía ser votado por los accionistas de la minera privada.

Sin embargo, la CMF aseguró que la asociación no responde a hechos que puedan derivar en una votación de accionistas, donde la administración de una sociedad anónima corresponde al directorio de una compañía y solo en excepciones, hay decisiones que deben bajarse al pronunciamiento de los inversores.

En este contexto, no se cumplía ninguno de los cuatro supuestos que obligarían a SQM a convocar a una junta de accionistas que se pronunciase sobre la alianza con Codelco.