El Banco Santander Chile deberá indemnizar, por concepto de daño moral, a un ciudadano extranjero proveniente de Países Bajos que, supuestamente, no contaba con rol único tributario (RUT) y por ello le anuló la adjudicación de un departamento en un remate.
En detalle, el Vigesimocuarto Juzgado Civil de Santiago estableció que hubo un “actuar negligente de la entidad bancaria” al cancelar la operación por no tener el demandante la cédula de identidad vigente.
En el fallo, se argumentó que en nuestro país las personas naturales “tienen el mismo RUT que corresponda a su cédula de identidad y se mantiene vigente, en forma independiente de la vigencia de la identificación civil, y mientras no se produzca una causa legal para dejar sin efecto el enrolamiento, que comúnmente ocurre con la muerte de tal persona natural”
Es decir, el banco explicó en el proceso que la persona no tenía cédula de identidad ni RUT vigente, lo que fue refutado por el Vigesimocuarto Juzgado Civil de Santiago.
La resolución -disponible en el Poder Judicial- agregó que no se había discutido “siquiera que el demandado no tuviera RUT, sino que solamente que no estaría habilitado por no mantener su cédula vigente (…)”.
Se complementó que, incluso, el ciudadano extranjero había pagado el saldo del remate del departamento y los gastos establecidos en las bases; y que además había realizado los trámites correspondientes en una notaría.
Por todo, se condenó al banco a pagarle “por daño moral, la suma única y total de $5.000.000″ más reajustes.