La Corte Suprema rechazó un recurso de nulidad en contra de una sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Cañete, la que condenó a Luis Alberto García-Huidobro Andrews por los delitos de receptación y porte ilegal de arma de fuego.

El ex religioso fue detenido en mayo del año pasado, en Tirúa, en donde se encontró una escopeta y municiones en su vehículo.

La Segunda Sala del máximo tribunal integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas descartaron infracción de ley en la sentencia que penó al imputado a 41 días de presidio por receptación y el pago de una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales por porte ilegal de arma de fuego.

“Indudable resulta, luego, que el hallazgo de la escopeta y su munición en el interior de la camioneta que era conducida por el enjuiciado constituye la hipótesis de flagrancia de la letra a) del artículo 130 del Código Procesal Penal respecto del delito motivo de la condena, de manera tal que la intervención policial se produjo dentro del ámbito de facultades que la ley le confiere para actuar sin orden previa del fiscal” dice el fallo.

García-Huidobro renunció a los jesuitas en febrero del 2014, aduciendo que estaba causando muchos problemas a la Iglesia.