El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza dictó acusación en el proceso por el homicidio de Luis Toro Veloso, ocurrido el 12 de octubre de 1973, en Puente Alto.

En la causa, el magistrado procesó al ex oficial de Carabineros Rubén Osvaldo Barría Igor, en calidad de autor del delito. El acusado fue notificado de la resolución en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco, donde purga dos penas de 10 años y un día presidio por otras víctimas del mismo hecho.

Según los antecedentes recabados en la causa, se estableció: “el día 12 de octubre de 1973 en horas de la tarde, un grupo de entre tres a cuatro carabineros de dotación de una unidad de Santiago Centro, llegó hasta la comuna de Puente Alto y sin orden procedieron a detener entre otros a Luis Esteban Toro Veloso, desde una quinta de recreo, supuestamente por estar provocando desórdenes callejeros y encontrarse en estado de ebriedad, motivo por el cual fueron subidos a un jeep y trasladados a la Segunda Comisaría de Carabineros de Puente Alto, posteriormente a la Cuarta Comisaría de Carabineros de Santiago, de donde provenían los funcionarios policiales, y desde esta última a la tenencia Rogelio Ugarte, sin haber consignado su ingreso en ninguno de los recintos mencionados, ni por el contrario haber sido puestos a disposición de autoridad judicial alguna y competente”.

“A continuación -continúa el fallo-, fueron conducidas a bordo del mismo vehículo y mientras regía el toque de queda, a un sector del río Mapocho, cercano al Puente Bulnes, desde el cual los bajaron a la ribera y les ordenaron correr, y aprovechando esta ocasión les dispararon, resultando muertos entre otros, Luis Esteban Toro Veloso, cuyo cuerpo fue encontrado posteriormente y derivado al Servicio Médico Legal donde se constató su fallecimiento por traumatismo por heridas a bala”.

PROCESAN A EX MIEMBROS DE LA FACH

En tanto el ministro de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Leopoldo Vera Muñoz, sometió a proceso a cuatro ex funcionarios de la Fuerza Aérea de Chile, como autores del delito de homicidio calificado de cuatro civiles, ilícitos perpetrados en 1974.

Conforme con los antecedentes recopilados, ha quedado acreditado el siguiente hecho: “que el 31 de enero de 1974, en la población Lintz de esta ciudad, una patrulla integrada por funcionarios de la Fuerza Aérea de Chile, detuvo y posteriormente dio muerte a Pedro Antonio Bahamonde Rogel, José Santiago Soto Muñoz, Héctor Hugo Maldonado Ulloa y José Mañao Ampuero, luego de haberlos maltratado sometiéndoles a sufrimientos innecesarios, hecho que configura el delito de homicidio calificado de las personas antes mencionadas”.

En la causa, el magistrado ya había sometido a proceso a otros dos ex funcionarios como autores del mismo delito.