El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó un acuerdo extrajudicial alcanzado por la Fiscalía Nacional Económica y empresas proveedoras, sobre la sugerencia de productos de determinadas marcas en las listas de útiles escolares que anualmente entregan algunos establecimientos educacionales.

Las empresas son Productos Torre S.A. (que comercializa productos marca “Torre”, “Colón” y “Auca”, entre otras), Comercial e Industrial Libesa Ltda. (que utiliza las marcas “Isofit” y “Proarte”, entre otras) y Fábrica Internacional de Lápices y Afines Chile Ltda. (que comercializa las marcas “Pax” y “Giotto”, entre otras).

El acuerdo busca dar cumplimiento efectivo a lo establecido en el Dictamen N° 1.094 de la Comisión Preventiva Central (antecesora legal del TDLC), del año 2000, que afirma que “es contrario a la libre competencia la inclusión de determinadas marcas en las listas de útiles escolares que los establecimientos educacionales o profesores entregan a sus educandos en forma obligatoria o sugerida”, salvo en casos excepcionales justificados en razones de carácter pedagógico, sanitario o de otro orden, debidamente acreditables, así como también resultaría ilícita la entrega de incentivos, estímulos o donaciones de cualquier naturaleza a los profesores o establecimientos educacionales con el objeto de incluir determinados productos, marcas o empresas en las listas de útiles escolares .

Para ello, las empresas involucradas se comprometen a cumplir con obligaciones determinadas para evitar que se produzcan conductas como las descritas, y cesar las prácticas consignadas en el acuerdo.

Además, la Fiscalía Nacional Económica solicitará al Ministerio de Educación que comunique a los establecimientos educacionales los criterios y procedimientos con que deberán cumplir en caso de establecer sugerencias de marcas específicas al definir las listas de útiles escolares.