La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a una empresa de computadores por infracción a la Ley del Consumidor al no respetar el precio promocionado en una oferta del sitio web de la compañía.

En fallo unánime, Tercera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros María Soledad Melo y Joaquín Billard, y el abogado Bernardo Lara- ratificó resolución que obliga a la empresa Dell a pagar una multa de $ 200.000 y entregar tres computadores Dell Vostro 1500 a un precio de $ 31.889 cada uno, tal como se habían ofertado por internet.

La sentencia ratifica el criterio Primer Juzgado de Policía Local de Vitacura que condenó a Dell Computer Chile Ltda. por una denuncia presentada por el empresario Matías Campos Salas.

El demandante compró en el sitio web tres computadores Dell Vostro 1500 a un precio total de $109.853 pesos, el 24 de marzo de 2008; sin embargo, la empresa nunca los entregó al valor ofertado, argumentando un error en la publicación de la página web.

La resolución del tribunal de alzada determina que la empresa no puede modificar unilateralmente el precio ofrecido en internet, ya que vulnera el equilibrio en la relación consumidor – proveedor.

“Es un hecho no controvertido en la litis, la existencia de publicitar un precio determinado en la página web de la denunciada y demandada, y la sola circunstancia que el artículo 13 de la ley 19.496 prevé que la negativa a la venta de bienes o servicios en las condiciones ofertadas, cualquiera sea la forma, incluyendo aquellas realizadas mediante una página web, necesariamente y siguiendo un criterio que estamos en presencia de un estatuto especial, debe implicar una oferta legítima y jurídicamente obligaría para quien la ofrece”, dice el fallo.