La Corte Suprema accedió a solicitar la extradición a Bélgica de Miguel Peña Moreno, quien fue procesado por el homicidio en carácter de terrorista del senador y fundador de la UDI, Jaime Guzmán.

En un fallo unánime la Segunda Sala del Máximo Tribunal, compuesta por los ministros Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Domingo Hernández, acogieron la solicitud realizada por el ministro en visita, Mario Carroza, quien previamente había pedido la extradición.

El fallo dice que todos los requisitos para acceder a la solicitud de extradición se cumplen de acuerdo a la ley, por lo que ésta es posible.

“Entre Chile y Bélgica existe un tratado bilateral sobre extradición, firmado en Santiago el 29 de mayo de 1899, canjeado el 14 de enero de 1904, y promulgado el 13 de marzo del mismo año. De conformidad a lo pactado en los artículos I, III, V y VI de esa convención, para que proceda la extradición de una persona que se encuentra en territorio del otro Estado” Señala el fallo.

Agregando que “es menester que el reclamante tenga jurisdicción para juzgar el suceso delictuoso que se incrimina al extraditable, comprometiéndose ambos Estados a hacerse entrega recíproca de los individuos que se hubieren refugiado en uno de los dos países con motivo de haber sido acusados o condenados en el otro, por alguno de los delitos que enumera, entre ellos, el de asesinato, ilícitos que han de ser punibles por las leyes de los dos países, el requirente y el requerido, registrando una sanción mínima de un año de privación de libertad; y, que la acción penal no está prescrita y que no se trate de un ilícito político o conexo con aquéllos, ni de un injusto puramente militar o contra la religion”.

Además, el fallo agrega que dado al cumplimiento de todas las cláusulas se accede al petitorio y se inicia la tramitación del proceso de extradición.

De esta manera finalmente se declara factible el petitorio y solicita al Gobierno belga la extradición de Peña Moreno, por el delito de atentado terrorista que resultó con la muerte de Jaime Guzmán. Este crimen fue cometido contra una autoridad pública, el que está tipificado en la Ley N° 18.314, que determina las conductas terroristas.