El beneficio de libertad vigilada por cuatro años, además de someterse a un tratamiento antialcoholico es la condena aplicada por el Tribunal Oral
de Temuco a un hombre declarado culpable de golpear brutalmente a otro en Vilcún, ocasionándole entre otras lesiones el estallido y pérdida de uno de
sus globos oculares.
El hecho que fue ventilado en un juicio oral, según los antecedentes aportados por el Ministerio Público, ocurrió el 4 de Agosto de 2009, a las 23 horas, en circunstancias que la víctima Iván Osvaldo Rubilar Villa, transitaba por calle Prat cerca del terminal de buses de Vilcún, cuando fue interceptado por el ahora condenado, Rubén Alfonso Muñoz Suárez, quien lo agredió con un puntapié en el rostro, ocasionándole trauma ocular y estallido ocular izquierdo, determinando la pérdida del globo ocular.
En la audiencia el fiscal Luis Arroyo Palma, presentó pruebas documentales, periciales y testimoniales que lograron crear en los jueces la convicción de que el acusado tuvo participación en la golpiza y sus consecuencias en calidad de autor, aunque recalificaron el delito a lesiones graves, distinto a la petición del Ministerio Público que era por el delito de lesiones graves gravísimas.
Los jueces tras valorar las pruebas tanto del Ministerio Público como de la defensa del acusado, resolvieron declararlo culpable del hecho,
sancionándolo con una pena de 3 años y un dia de presidio menos en grado máximo.
Sin embargo al registrar irreprochable conducta anterior y por haber colaborado el condenado recibió el beneficio de libertad vigilada quedando
sometido a un plazo de tratamiento y observación de cuatro años, debiendo además cumplir las condiciones señaladas en el artículo 20 de la señalada
ley, en especial la obligación de someterse a un diagnóstico y eventual tratamiento en el ámbito del consumo de alcohol.