La Corte de Apelaciones de Santiago respaldó un fallo del Consejo para la Transparencia que ordenó a la Universidad de Chile la entrega de información pública, solicitada en el marco de esta normativa.
En votación unánime la Quinta Sala del tribunal de alzada capitalino dio la razón al estudiante Francisco Zambrano Meza quien solicitó a la casa de estudios copia íntegra y fiel de las actas de la Comisión Ad Hoc de Claustro de la Facultad de Derecho, y de igual modo de la nómina del personal que desempeña sus funciones en el plantel, incluyendo la remuneración, beneficios, función, cargo, grado y el inicio de sus funciones.
La Casa de Bello se había negado a entregar esta información amparándose en la autonomía universitaria, pero el Consejo de la Transparencia y la Corte de Santiago sostuvieron que la casa de estudios “La Universidad de Chile no puede dejar de considerarse un servicio público, ya que comparte sus características de estar encargados de satisfacer necesidades colectivas de manera regular y continua, aunque esta función la cumpla descentralizadamente, pues es indiferente que se ejecute por un órgano centralizado o descentralizado”, consigna el fallo.
Respecto a la autonomía alegada por la entidad, el tribunal de alzada señaló que “la reclamante goza de plena autonomía, lo que importa que tiene potestad para auto determinarse en estos planos, sin sujeción a otra voluntad que no sea la del órgano o servicio mismo, teniendo en cuenta sus funciones y fines. Empero, ello no pugna con la circunstancia de que los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen, sean públicos por disposición de la Constitución”.
El dictamen establece que “la Ley de Transparencia es aplicable a la Universidad de Chile y que ello no afecta la autonomía que le reconocen las leyes”.