Con 93 votos a favor, la Cámara de Diputados despachó la iniciativa del Gobierno que facilita la continuidad de sus pensiones en los casos de beneficiarios de subsidios para personas con discapacidad mental que solicitan pensiones básicas de invalidez, y de beneficiarios de pensiones y aportes solidarios de invalidez que solicitan pensiones y aportes solidarios de vejez.

Pensiones solidarias

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El contenido del proyecto, que había sido aprobado en primer trámite por el Senado, permite que el beneficiario de un subsidio para las personas con discapacidad mental inicie el proceso hacia la Pensión Básica Solidaria (PBS) de Invalidez, al cumplir 17 años de edad, facilitando la continuidad en el pago de las prestaciones.

Propone además que los titulares de una Pensión Básica Solidaria de Invalidez, como también quienes reciben el Aporte Previsional Solidario (APS) de Invalidez, puedan solicitar la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Invalidez, al cumplir 64 años.

La iniciativa establece una presunción, a favor de las personas que hayan percibido una Pensión Básica Solidaria de Invalidez o un Aporte Previsional Solidario de Invalidez durante 20 años o más, en el sentido que el requisito de acreditar residencia en Chile por un lapso de 5 años en los últimos 6 años, inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, se tenga por cumplido.

La ley actual no establece explícitamente el tránsito automático entre los beneficios de invalidez y de vejez. Por el contrario, la ley N° 20.255 de Perfeccionamiento del Sistema Previsional establecen explícitamente que para acceder a la pensión básica solidaria de vejez y el aporte previsional solidario de vejez se debe presentar la solicitud a partir de la fecha de cumplimiento de los 65 años de edad.

Con el fin de dar, cuando corresponda, continuidad en la percepción de los beneficios, el proyecto establece que las personas que perciban PBS o APS de invalidez puedan solicitar el beneficio de vejez a partir de los 64 años de edad. Con esto, el potencial beneficiario tendrá un año para acreditar el cumplimiento de los requisitos respectivos. Además, se consagra la presunción de que quien percibió, ya sea una Pensión Básica Solidaria de Invalidez o un Aporte Previsional Solidario de Invalidez durante 20 años o más, tiene cumplido el requisito de residencia para efectos de la solicitud de beneficio de vejez.

Junto con la votación del proyecto, la Sala acogió la petición de varios diputados y por unanimidad resolvió oficiar al Presidente de la República pidiendo que envíe prontamente un proyecto al Congreso Nacional, que ponga fin a la diferenciación entre discapacitados físicos y mentales respecto al acceso a estos beneficios previsionales.

Tras su despacho por parte de la Cámara, esta iniciativa vuelve al Senado para ser remitido al Ejecutivo y se proceda a su promulgación.