Los 10 miembros del Tribunal Constitucional a favor de limitar el artículo 38 de la Ley de Isapres, el que permite a estas instituciones calcular precios de los programas de salud según sexo y edad de los usuarios.

Según informó la vocera del organismo, por 8 votos a 2 se decidió anular los numerales 1,2,3 y 4 del inciso 3º del artículo 38 de la Ley Nº18.933, sin efecto retroactivo.

Esto significa que el criterio usado por las isapres para determinar los precios en planes de salud según el sexo y la edad de las personas, queda fuera de la ley.

Recordemos que hubo 3 fallos anteriores en el TC en contra de este artículo, dándose recién hoy un pronunciamiento definitivo tendiente a declarar inconstitucional esta facultad de las isapres, que ha sido calificada de discriminatoria.

La sentencia definitiva se conocerá antes de 30 días a partir de hoy, como establece la ley, siendo publicada en el Diario Oficial.

El Gobierno en mayo pasado, a través del abogado Teodoro Rivera desestimó la decisión que adopte el Tribunal Constitucional porque el Ejecutivo enviaría un proyecto para ordenar y modificar esta parte de la Ley de Isapres.

Por su parte, el ministro de Salud, Jaime Mañalich, dijo que el financiamiento de la Salud debe ser revisado completamente, “y en ese contexto se ha ideado a una comisión de expertos que será convocada por el propio presidente en los próximos días”.

Señaló el ministro que de esta comisión saldría una propuesta para un proyecto de ley de financiamiento de la salud.