La Corte de Apelaciones de Valparaíso, dictó Sentencia en el Recurso de Protección interpuesto contra División Ventanas por ex funcionarios de Enami y otro grupo de personas de la comuna de Quintero, quienes fundamentaron su presentación en razones ambientales y de salud de sus trabajadores. El fallo del Tribunal de Alzada rechazó el recurso por la unanimidad de sus miembros.

El tribunal expresa que las finalidades perseguidas por los titulares del recurso se encuentran abordadas en los actuales planes y programas de gestión ambiental y de seguridad de la empresa. Del mismo modo afirma que buscan evitar las causas de generación de enfermedades profesionales, reconociendo que la División ha introducido una serie de mejoras en sus sistemas.

La Corte textualmente señala que “no se encuentra acreditado que la Empresa recurrida no haya adoptado las medidas necesarias, tendientes a solucionar los problemas de contaminación derivados de su actividad minera”, y manifiesta que tampoco puede ser calificado de ilegal o arbitrario el actuar de la División, por cuanto no se ha demostrado que se haya apartado de la normativa.

Este fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso tiene el carácter definitivo, ya que se encuentra firme y ejecutoriado, por cuanto los recurrentes no apelaron ante la Corte Suprema de Justicia.