La Corte Suprema rebajó las condenas a un Sargento y un Sub oficial en retiro de Carabineros, acusados del secuestro calificado de dos zapateros, militantes de las juventudes socialistas, ocurrido a dos años del golpe militar en la comuna de Pitrufquén, región de la Araucanía.

Informe de Luis Vergara, Radio Bío-Bío Temuco

El 21 de noviembre de 1975, en el sector de La Cascada, comuna de Pitrufquén, funcionarios del destacamento de Comuy detuvieron a dos simpatizantes de la Unidad Popular, Osvaldo Segundo Barriga Gutiérrez y Hernán Eusebio Catalán Escobar, ambos de 24 años, los cuales fueron obligados a descender del bus en que viajaban, siendo trasladados con rumbo desconocido, tal como lo señalan declaraciones de testigos y se encuentran desaparecidos desde esa fecha.

El ministro especial, Fernando Carreño Ortega, dictó condena en contra del ex sargento primero, Eudocio Díaz Ibacache, y del sub oficial, Edgardo Saturnino López Cofré, quienes en el año 1975 cumplían funciones policiales en el retén de Comuy, dependiente de la quinta comisaría de carabineros de Pitrufquén.

El ministro Fernando Carreño en su dictamen judicial, señalaba que atendida la extensión de la pena impuesta a los acusados no se le concederán los beneficios establecidos en la ley, por lo que deberían cumplir efectivamente los 5 años y un día de cárcel.

Sin embargo, este jueves la Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por los secuestros calificados de Osvaldo Barriga y Hernán Catalán. En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala determinaron las siguientes sanciones:

Para el ex carabinero Eudocio Díaz Ibacache: 5 años de presidio y se le concedió el beneficio de la libertad vigilada junto a su compañero de armas, Edgardo López Cofré: 5 años de presidio, también con el beneficio de la Libertad Vigilada.