La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió hoy –viernes 23 de febrero– el recurso de protección interpuesto en contra de la empresa Red de Televisión Chilevisión S.A., y le ordenó abstenerse de difundir imágenes o videos de la mujer recurrente, quien fue grabada en la vía pública y en su domicilio para el programa “Espías del Amor”.

En fallo unánime se acogió la petición, tras establecer que la difusión de las imágenes atenta contra derechos fundamentales de la joven, en especial el derecho a la vida privada.

“(…) las imágenes y grabaciones captada por el programa de televisión en la vía pública y en el hogar de la recurrente, referentes a ésta y a su familia, no pueden ampararse en la autorización que se transcribió sin caer en contradicciones ontológicas relevantes sobre la legitimidad de la explotación comercial de la vida y sentimientos de ésta, y más grave aún de familiares que no han autorizado siquiera su inclusión”, consigna el fallo.

Libertad de informar

La resolución, además, descarta la tesis de Chilevisión, en cuanto legitima su actuar en el ejercicio del derecho constitucional de la libertad de emitir opinión e informar sin censura previa, pues la garantía sólo se refiere a cuestiones de interés público, lo que en este caso no ocurre.

Estrés agudo

La sentencia relata que la exposición pública de la joven ante la comunidad en la comuna de Calama, generó en ella un cuadro clínico de trastorno por estrés agudo, con síntomas ansiosos, lo cual fue probado con certificado médico.

Lo anterior, conforme el tribunal, justifica de forma objetiva la afectación psíquica alegada, la que constituye una consecuencia directa e inmediata del actuar arbitrario e ilegal de Chilevisión.

Prohibición de emitir grabaciones

Por ello, concluye el fallo: “Se acoge, con costas, el recurso deducido en contra Red de Televisión Chilevisión S.A., y en consecuencia, se ordena a la recurrida abstenerse de emitir, publicar, grabar, producir, reproducir, editar, subtitular, adaptar, ejecutar públicamente, transmitir y retransmitir, a través de todas las plataformas, en Chile o en el extranjero, cualquier tipo de imagen, fotografías o videográfica, en que se exponga la identidad e imagen de la recurrente, de su familia o de su hogar”.