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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Este miércoles 28 de mayo entra en vigencia la Ley N°21.717, que regula Funerales de Riesgo, con el objetivo de mantener la seguridad y orden público en estos eventos. La normativa establece que, ante un funeral de riesgo, se deberá completar el proceso en 24 horas en un lugar autorizado. Carabineros emitirá informes sobre antecedentes delictuales del fallecido y las circunstancias de la muerte.

Este miércoles 28 de mayo entra en vigencia la Ley N°21.717, que establece normas para la realización de Funerales de Riesgo. Esto, tras la publicación del reglamento por parte del Ejecutivo, que este martes anunció el comienzo de la norma desde Lo Espejo.

La actividad fue encabezada por el ministro de Seguridad Pública, Luis Cordero, y contó con la presencia del director de Carabineros, Marcelo Araya, la subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, y el delegado presidencial de la Región Metropolitana, Gonzalo Durán.

En la instancia, Cordero señaló que el propósito principal de la ley “es dar tranquilidad a las personas de que cuando ocurra una muerte violenta de estas características, los funerales se realicen sin alterar la seguridad y el orden público, pero tampoco se utilicen estos como un mecanismo de enaltecimiento del crimen“.

Así, indicó que desde que Carabineros inició este tipo de servicios en el año 2019, y hasta mayo de este año, se han registrado 2.438 funerales con alguna clasificación de riesgo, en el marco de los cuales se han realizado más de 169 mil controles preventivos y se ha detenido a 1.610 personas.

Por ello, el general Araya manifestó que la institución “seguirá aportando con lo que sabe hacer, que son servicios policiales focalizados y debidamente planificados en esta nueva estrategia”.

¿Cómo funciona la nueva ley por funerales de riesgo?

Según estipula la Ley N°21.717, cuando se permita presumir fundadamente que un funeral representa un riesgo para la seguridad y el orden público, la autoridad ordenará en el más breve plazo posible que la totalidad del proceso funerario se realice dentro de las 24 horas desde su notificación. Esto, en un cementerio o crematorio autorizado por el Código Sanitario.

Para ello, la resolución del Delegado o Delegada Presidencial considerará un informe técnico de Carabineros que consignará antecedentes delictuales del fallecido y las circunstancias del deceso, entre otros. Dicho informe deberá ser entregado al Delegado en un plazo máximo de dos horas desde el conocimiento del deceso.

Además, Carabineros determinará el tipo de despliegue y recursos necesarios para gestionar el riesgo asociado al funeral, y comenzará a desarrollar acciones operativas. Y para la calificación de riesgo, la autoridad podrá requerir información a la PDI y a Gendarmería.

Finalmente, en relación a los posibles delitos que se cometan en el marco de estos funerales, se establece que las penas aplicables excluirán el grado mínimo. Ello contempla los delitos cometidos dentro del cementerio o crematorio donde se realice una sepultación o cremación de la persona fallecida, así como aquellos que puedan ocurrir en las inmediaciones o durante el traslado del cortejo.