En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal de Justicia del país, condenó a doce carabineros en retiro por secuestro calificado de los hermanos Osvaldo y Gardenio Sepúlveda Torres, en Cunco en 1973.

Ramón Calfulipi Martínez, Gamaliel Soto Segura, Gilordy Chabouty Pinilla, Saturnino San Martín Bustos, Rolando Cea Reyes, Blas Calderón Painequir, Carlos Montenegro Grandón y Paul Pinilla Vidal, fueron condenados a dos penas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, en calidad de cómplices del secuestro.

En tanto, José Pérez Retamal, Israel Hernández Ulloa, Hugo Bornard Cruces y Francisco Borja Vallejos Villena fueron condenados a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como encubridores.

Además en la misma sentencia la Corte Suprema ratificó la absolución de Juan Carlos Padilla Millanao de la acusación formulada en su contra, que lo sindicaba como encubridor del delito.

En el aspecto civil, se confirmó la resolución que condenó al Estado de Chile a pagar la suma de noventa millones de pesos como indemnización de perjuicios, a familiares de las víctimas.

Ambos hermanos fueron detenidos el 14 de septiembre de 1973, al presentarse voluntariamente al retén de Carabineros de Los Laureles, quedando libres el mismo día, con la obligación de acudir a firmar diariamente, en la mañana y en la tarde al retén.

El 20 de septiembre de ese año, fueron a firmar, pero esta vez quedaron detenidos, hasta la mañana siguiente en la Tenencia de Cunco, hasta donde habían sido trasladados.

Según la investigación, un funcionario de Carabineros habría ingresado al calabozo donde se encontraban, tras lo cual fueron subidos a una camioneta facilitada por un particular, siendo sacados de la unidad policial, desconociéndose hasta la fecha su paradero.