El primero de mayo de cada año tiene carácter de feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores que laboran en el sector comercio. Ante esto, el director regional del Trabajo advirtió que infractores arriesgan multas que puede llegar por cada trabajador a los dos millones de pesos.

“Para los trabajadores el uno de mayo constituye un día de descanso irrenunciable”, señaló tajantemente el director regional del Trabajo, el abogado Humberto del Pino, lo que significa que no puede haber en el comercio ese día trabajadores, lo que será debidamente fiscalizado aleatoriamente en toda la región según advirtió el personero de Gobierno.

El director del trabajo dijo que cuando se trabaja en forma indebida no sólo no se está respetando el descanso, sino que se comete otras infracciones como el registro de asistencia, exceso de jornada. Por ello, Del Pino advirtió a los comerciantes que la multa se inicia en 600 mil pesos pudiendo superar los dos millones.

Los únicos trabajadores del comercio exceptuados por ley de dicho feriado son aquellos que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento y lugares de juego legalmente autorizados.