Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
En junio, el Congreso aprobó la ley que eleva el sueldo mínimo de $539.000 a $553.553, con efecto retroactivo desde el 1 de mayo, y estableció directrices para su evolución hasta 2027. La norma contempla ajustes anuales según el IPC, con un nuevo reajuste programado para enero de 2027.
El pasado 16 de junio, el Congreso despachó a ley el proyecto que aumentó el sueldo mínimo de $539.000 a $553.553, el cual se aplicó de forma retroactiva contando desde el 1 de mayo. La iniciativa también estableció reglas claras sobre cómo deberá evolucionar la media en 2027.
Este aumento del ingreso mínimo mensual fue válido para los trabajadores que tengan entre 18 y 65 años. Para aquellos que se encuentran fuera de estas edades, se estableció que el monto fuera de $412.938, también vigente desde el 1 de mayo de 2026.
En tanto, para el ingreso mínimo para efectos no remuneracionales se estableció que a partir de esta misma fecha fuera de $356.815. Este valor “se considera para determinar el monto de algunos beneficios que se expresan en ingresos mínimos o en un porcentaje de ingreso mínimo. También se usa para prestaciones de seguridad social y para el cálculo de algunas multas”, explica la Biblioteca del Congreso Nacional.
Según detalla la Ley 21.830 que permitió el aumento, el sueldo mínimo podría volver a tener una modificación desde el 1 de enero de 2027.
De acuerdo con la normativa, el ingreso mínimo mensual para los mayores de 18 años y menores de 65 se reajustará según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre el 1 de mayo de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
Los mismos porcentajes de aumento se aplicarán al ingreso mínimo para los menores de 18 años y los mayores de 65, así como para el ingreso mínimo para efectos no remuneracionales, explica BCN. Todo ello deberá quedar consignado a través de un decreto supremo que deberá dictarse a más tardar el 15 de enero de 2027.
En tanto, la ley también señala que en junio de ese año, el presidente José Antonio Kast tendrá que enviar un proyecto de ley al Congreso Nacional que proponga un nuevo reajuste al monto del ingreso mínimo mensual, con el objeto de que comience a regir desde el 1 de julio de 2027.
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