Desde el 1 de junio de 2026, entrará en vigor el Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones (SUCC), que buscará cobrar los montos previsionales no abonados a los trabajadores.
Cuando un empleador no paga las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, las instituciones del sistema previsional deben encargarse de recuperar esa deuda, explica el Instituto de Previsión Social (IPS). Hasta ahora, ese proceso se realizaba de manera fragmentada: cada AFP gestionaba por separado las deudas de un mismo empleador, lo que generaba duplicidades y mayor carga para los tribunales.
Eso cambiará con este sistema incorporado en la Reforma de Pensiones de 2025 (Ley n.º 21.735), que moderniza, centraliza y unifica la gestión de las deudas previsionales, a través de una gestión colaborativa entre el IPS y las AFP, y una sociedad anónima (SUCC S.A.) que fue constituida en diciembre de 2025 para su administración.
¿En qué consiste el Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones?
El IPS explica que el SUCC funciona sobre la base de cuatro pilares, y bajo la regulación y fiscalización de la Superintendencia de Pensiones.
• Centralización de la información de deuda.
• Interoperabilidad con organismos del Estado.
• Gestión coordinada de la cobranza.
• Trazabilidad de los procesos.
Su implementación se realizará de forma progresiva, partiendo en junio con la cobranza judicial de las cotizaciones adeudadas del Seguro Social Previsional, arrastradas desde agosto de 2025.
En julio será el turno de las notificaciones de cobranza prejudicial unificada a los empleadores que registren cotizaciones adeudadas en el Seguro Social Previsional y/o en AFP. Luego, en febrero de 2027, el SUCC completará su implementación con el inicio de la cobranza judicial unificada de las deudas informadas por el IPS, respecto del Seguro Social Previsional, y por las AFP, respecto de las cotizaciones previsionales que les corresponde gestionar.
¿Qué implicancias tiene el nuevo sistema para los empleadores?
Si un empleador tiene deudas, estas se gestionarán en un proceso coordinado, independiente de si la deuda es con una o varias AFP o con el Seguro Social Previsional.
En primera instancia, la Tesorería General de la República notificará al empleador sobre la cobranza prejudicial de las cotizaciones no pagadas al Seguro Social Previsional o a las AFP. En esta etapa, podrá regularizar la situación y pagar a través de Previred antes de llegar al tribunal. De no hacerlo, el proceso avanza a la cobranza judicial.
En el caso de las deudas originadas por declaraciones y no pagos, deben judicializarse dentro de 270 días corridos, contados desde el cierre del periodo de declaración y no pago del mes correspondiente.
Cabe destacar que, cuando un empleador paga cotizaciones fuera de plazo, al monto adeudado se le aplican reajustes e intereses, ya sea que las deudas estén en etapa prejudicial como aquellas que avancen a cobranza judicial.
En ese sentido, el IPS recomienda a los empleadores revisar oportunamente sus cotizaciones y regularizar eventuales deudas dentro de los plazos informados.