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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La influencer Naya Fácil fue notificada por el Servicio de Impuestos Internos para pagar el impuesto al lujo, debido a la adquisición de una Cybertruck de Tesla valuada entre $150 y $180 millones de pesos. Este impuesto, regulado por la Ley 21.420, establece un tributo anual del 2% sobre el valor normal de mercado de bienes como helicópteros, aviones, yates, automóviles, entre otros. Las autoridades correspondientes informarán al SII sobre los bienes que cumplen con las condiciones para aplicar este impuesto.

La influencer “Naya Fácil” lanzó sus descargos en redes sociales tras ser notificada por el Servicio de Impuestos Internos para pagar el denominado “impuesto al lujo”.

Mediante un video, la joven creadora de contenido compartió un potente mensaje y evidenció su molestia frente al monto que deberá pagar.

En su caso, esta adquirió una Cybertruck de la marca Tesla que cuesta en el mercado entre los $150 y $180 millones de pesos, por lo que les correspondería pagar dicho impuesto.

Impuesto al lujo ¿Qué es y quiénes deben pagarlo?

Este tributo está regulado por la Ley 21.420, y establece un impuesto anual de 2% sobre el valor normal de mercado de los siguientes bienes ubicados en territorio nacional, de propiedad de un contribuyente, persona natural o jurídica, al 31 de diciembre de cada año:

Helicópteros, tripulados, de peso superior a 160 kilos, cuyo valor normal de mercado sea igual o superior a 122 unidades tributarias anuales determinadas según el valor de esta a diciembre del año respectivo.

Aviones, tripulados, de peso superior a 160 kilos, cuyo valor normal de mercado sea igual o superior a 122 unidades tributarias anuales determinadas según el valor de esta a diciembre del año respectivo.

Yates, cuyo valor normal de mercado sea igual o superior a 122 unidades tributarias anuales determinadas según el valor de esta a diciembre del año respectivo.

Automóviles, station wagons y vehículos similares, cuyo valor normal de mercado sea igual o superior a 62 unidades tributarias anuales determinadas según el valor de esta a diciembre del año respectivo.

Señalar que la Dirección General de Aeronáutica Civil, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante y el Servicio de Registro Civil e Identificación “deberán informar al Servicio de Impuestos Internos, para que este determine mediante resolución los aviones y helicópteros; yates; y automóviles, station wagons y vehículos similares, cumplan las condiciones que en cada caso establezca el Servicio en la misma resolución”.

Respecto a cómo se notifica a los usuarios, el SII lo hace por medio de correo electrónico a los contribuyentes habilitados en esta modalidad, o por carta certificada. “El giro y pago de este impuesto se realizará durante el mes de abril de cada año. Se debe pagar dentro del mismo mes de su emisión, para evitar intereses y/o multas, para lo cual el Servicio habilita la opción de pago en su sitio web, además de las opciones existentes en Tesorería General de la República”.