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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema acogió a trámite el recurso de amparo de Daniel Jadue, revirtiendo la decisión de inadmisibilidad previa de la Corte de Apelaciones en el marco del caso Achifarp. La acción busca suspender su proceso judicial y reabrir la investigación, ya que la Suprema determinó que los antecedentes cumplen el requisito constitucional para ser revisados a fondo. Si el recurso es acogido, Jadue dejaría la calidad de acusado, permitiéndole reingresar a la papeleta del Tricel para postular a diputado por el distrito 9.

Este viernes, la Corte Suprema acogió a trámite el recurso de amparo interpuesto por el exalcade de Recoleta, Daniel Jadue, contra el Juzgado de Garantía.

Esta acción judicial busca revertir el rechazo del Juzgado a reabrir la investigación en el marco del caso de la Asociación Chilena de Municipalidades de Farmacias Populares (Achifarp) y, fundamentalmente, lograr la suspensión del proceso.

La decisión del máximo tribunal revierte la determinación previa de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había declarado inadmisible el recurso. La Suprema no solo devuelve este recurso, sino que ordena su tramitación, permitiendo que se evalúe la solicitud de Jadue para suspender su proceso judicial y reabrir la investigación.

Suprema ordena tramitar amparo

El tribunal argumentó que los antecedentes presentados por la defensa de Jadue sí cumplen con el requisito constitucional para ser revisados a fondo.

En la resolución, el tribunal fundamentó su decisión señalando que “la situación allí descrita sí puede constituir uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República”.

Por ello, la Corte revocó la resolución del 17 de septiembre de la Corte de Apelaciones de Santiago, que declaró inadmisible el recurso. En su lugar, “se dispone que aquella es admisible, debiendo una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones antes señalada darle la tramitación que en derecho corresponda, a fin de pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido”.

Objetivo: competir por el distrito 9

El objetivo final del exalcalde es obtener el tiempo suficiente para presentarse como candidato a diputado por el Distrito 9.

En concreto, si la Corte de Apelaciones acoge este amparo, Daniel Jadue dejaría de estar en calidad de acusado y podría eventualmente reingresar a la papeleta.

Esta condición es crucial, ya que el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) había señalado en su fallo que el impedimento para ser candidato era temporal mientras el exjefe comunal estuviera, precisamente, acusado.

En el documento del Tricel, se establece que en el artículo 16 N°2 de la Carta Fundamental refiere que “el efecto que se produce por la acusación es la suspensión del derecho a sufragio, esto es, una situación temporal, que no provoca para el acusado la pérdida de sus derechos ciudadanos, en su contenido esencial, de manera permanente”.

En esa línea, Jadue podría eventualmente reingresar a la papeleta del Tricel. Además, al no encontrarse en la calidad de acusado, quedaría automáticamente habilitado para ejercer su derecho a voto en las próximas elecciones del 16 de noviembre.