Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La Corte de Apelaciones desestimó el recurso presentado por la Municipalidad de Santiago para reducir una sanción impuesta por la Superintendencia de Educación al Liceo Manuel Barros Borgoño por falta de profesores y baños en mal estado durante una fiscalización. La medida consiste en restar un 1% de la subvención mensual al establecimiento por dos meses, rebajando la sanción inicial de tres meses. El tribunal dictaminó que la medida era justa y proporcional debido a la gravedad de las fallas, como la falta de un profesor reemplazante efectivo y la demora en reparar los baños. A pesar de la reclamación de la municipalidad sobre la temporalidad de la sanción, el fallo determinó que se inició en el plazo legal.
La Corte de Apelaciones rechazó un recurso presentado por el municipio de Santiago que buscaba disminuir una sanción dictada por la Superintendencia de Educación contra el Liceo Manuel Barros Borgoño. Lo anterior, porque al momento de una fiscalización el establecimiento no tenía suficientes profesores ni baños en buen estado.
La mencionada sanción constaba en quitarle un 1% de la subvención mensual al recinto municipal, por, en un inicio, tres meses. La municipalidad reclamó que esta era exagerada, sin embargo, el tribunal dictó que era justa y proporcional, ya que las fallas eran graves y no se solucionaron a tiempo.
De acuerdo al fallo, en dicha fiscalización no se demostró que un profesor reemplazante hiciera bien su trabajo ni que se cubrieran todas las clases como corresponde.
Además, los baños estaban en mal estado y los arreglos se hicieron tarde, puesto que las pruebas que presentó el municipio fueron posteriores al plazo establecido.
Santiago en su reclamación argumentó que ya había pasado el tiempo legal para sancionarla, pero el tribunal rechazó el argumento. El proceso sancionatorio se inició dentro del plazo permitido por la ley.
Finalmente, el tribunal valoró la corrección de los problemas y rebajó la sanción de tres a dos meses, pero confirmó que la multa es válida porque se infringieron normas importantes relacionadas con la educación.
“Se rechaza el recurso de reclamación interpuesto por la I Municipalidad de Santiago, sostenedora del Liceo Manuel Barros Borgoño, en contra de la Resolución Exenta PA N°001464, de 16 de diciembre de 2024, de la Superintendencia de Educación”, resolvió el tribunal.
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