Con el beneficio de libertad vigilada cumplirá su sentencia, una carabinera declarada culpable de apremios ilegítimos a dos mujeres a las que agredió y obligó a desnudarse y hacer sentadillas en el marco de las manifestaciones del estallido social en Quilpué.

A cuatro años y un día de presidio, que cumplirá bajo libertad vigilada, sentenció el Tribunal de Juicio Oral de lo Penal en Viña del Mar a una cabo segundo de iniciales N.B.M.C, por el delito consumado de apremios ilegítimos contra dos manifestantes detenidas durante el estallido social en Quilpué.

Según se acreditó en el juicio, la funcionaria agredió y obligó a desnudarse y hacer sentadillas a detenidas durante las manifestantes tras el 18 de octubre.

La jueza redactora Claudia Ortiz leyó la sentencia, precisando que la condenada deberá presentarse en el centro de reinserción social de Gendarmería. Además se le sumaron las medidas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, así como la del ejercicio de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Cabe señalar que en la causa, el tribunal descartó la calificación jurídica por el delito de torturas, acusadas por el Instituto Nacional de Derechos Humanos. La abogada de su sede en Valparaíso, Javiera Tapia, dijo que están satisfechos con el fallo, pero criticó el beneficio de libertad vigilada.

El tribunal dio por establecido que N.B.M.C agredió física y verbalmente a las manifestantes, las roció con gas pimienta, las escupió, e incluso las obligó a realizar sentadillas y desnudarse.

Una vez ejecutoriado el fallo, se procederá a la toma de muestras de la funcionaria de Carabineros, para incorporarla en el registro nacional de ADN de condenados.