La libertad inmediata del acusado por el homicidio de un comerciante en una feria de Cartagena decretó la Corte de Apelaciones de Valparaíso, ratificando la decisión del Juzgado de Garantía de San Antonio.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso ratificó la decisión del Juzgado de Garantía de San Antonio y ordenó la “libertad inmediata” de un hombre acusado del homicidio de un comerciante de 40 años en la comuna de Cartagena, región de Valparaíso.

El hecho ocurrió el 9 de junio recién pasado, cuando -de acuerdo a la tesis del Ministerio Público- el imputado disparó al menos en cuatro oportunidades en contra de la víctima, en medio de una feria libre.

En la formalización de cargos, Manuel Jesús López, abogado defensor privado del acusado, manifestó que la única prueba en contra de su representado apuntaba a dos personas, padre e hijo, que lo sindicaron como responsable del crimen.

Tal postura fue compartida por el magistrado de San Antonio, Cristián Zubieta, quien rechazó la solicitud del Ministerio Público en torno a decretar la prisión preventiva del imputado.

Si bien el Ministerio Público apeló, la Corte de Valparaíso ratificó la decisión del tribunal ubicado en San Antonio.

Por medio de un comunicado, la Fiscalía señaló que recabaron sets fotográficos del lugar, levantamiento de imágenes de cámaras de televigilancia y toma de declaraciones, lo que no terminó siendo suficiente.

Pablo Rojas, abogado de la firma BG Abogados Penalistas, explicó que la norma jurídica requiere de tres factores para que se decrete la prisión preventiva de un imputado.

El Ministerio Público también advirtió que el acusado -ahora en libertad- había sido detenido por la Policía de Investigaciones en la frontera de Chile, cuando tenía intenciones de abandonar el país.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)