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La Corte de Apelaciones de Temuco ratificó la decisión del Tribunal Oral en lo Penal de mantener las medidas cautelares de Alex Smith Leay, condenado en la causa de la fallida Operación Huracán, rechazando la solicitud de prisión preventiva realizada por la Fiscalía y querellantes. El abogado defensor, Rigoberto Ortíz Pelizzari, confirmó la resolución que argumenta que Smith ha cumplido con las medidas cautelares impuestas. Conocido como "el profesor", Smith fue sentenciado a 12 años de cárcel por falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación.
La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Penal que el pasado 15 de abril, con voto de mayoría, rechazó modificar las medidas cautelares al civil Alex Smith Leay, uno de los condenados en la causa derivada de la fallida Operación Huracán.
El antecedente fue confirmado a Radio Bío Bío por el abogado Rigoberto Ortíz Pelizzari, defensor penal público, quien representa al Smith, uno de los seis condenados en la causa y cuyas medidas cautelares ya habían sido revisadas por el Tribunal Oral, rechazando la petición de la Fiscalía y querellantes para que se le aplicara prisión preventiva.
“La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Penal de esta misma ciudad de rechazar la prisión preventiva de don Alex Smith mientras no esté firme la sentencia en la causa Huracán”, detalló.
A ello, agregó: “Considerando fundamentalmente, entre otros aspectos, que ha cumplido íntegramente con las medidas cautelares que se le están fijadas hace bastante tiempo”.
Al civil, conocido como “El Profesor”, se le aplicaron 12 años de presidio como autor de los delitos reiterados de falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación.
El pasado miércoles 15 de abril, el tribunal, conformado por los jueces José Ignacio Rau, Priscilla Frantzen y la jueza Patricia Abollado como presidenta, tras oír los argumentos de los intervinientes, resolvió rechazar la petición de modificar las cautelares de menor intensidad que mantiene el condenado en una causa cuyo plazo para recurrir de nulidad tras la sentencia está vigente hasta el próximo 2 de mayo.
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