Por considerar que su libertad es peligrosa para la seguridad de la sociedad, la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la medida cautelar de prisión preventiva para un hombre que estaba prófugo en la causa derivada de la instalación de un artefacto explosivo en la cárcel de Temuco en 2016.

En decisión unánime, los integrantes de la Segunda Sala del máximo tribunal de justicia de La Araucanía, resolvieron ayer confirmar la medida cautelar de prisión preventiva que el 29 de marzo pasado, aplicó el Juzgado de Garantía de Temuco a René Maximiliano Bello Sotomayor, quien había huido de Chile antes de enfrentar la justicia en la causa citada.

El fiscal Luis Torres, precisó a que la vista de los antecedentes los ministros decidieron mantener al imputado en prisión preventiva.

Bello Sotomayor fue deportado desde España donde fue detenido por un robo con fuerza.

Desde octubre de 2017, Samuel Eduardo Nahuelpán Bravo y Mario Andrés Roa Zapata están cumpliendo 10 años y un día de presidio. En tanto, Abner Octavio Caro Contreras está cumpliendo cinco años y un día como cómplice.

A ellos se suman Cristián Eduardo Merino Martínez condenado a cino años y un día de presidio -el armador del artefacto explosivo- y Cristián Andrés Chávez Sandoval a tres años y un día de presidio efectivo, en calidad de cómplice del hecho.

Además en juicio abreviado fue condenada 541 días de presidio, Viviana Lourdes Quidel Coliman, quien colaboró en el plan que buscaba generar una fuga de internos desde el penal temuquense.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)