Luego de analizar las reclamaciones realizadas por la empresa, el Segundo Tribunal Ambiental ratificó la sanción que pesaba sobre la Minera Maricunga, en la región de Atacama, dictada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), la cual ordenó el cierre parcial de pozos de extracción de agua del denominado proyecto “Minero Refugio” debido a “impactos ambientales no previstos”.

La faena tenía un consumo de 95 litros por segundo permitido en su resolución de calificación ambiental. No obstante, y a modo de proteger los humedales existentes en la zona, la SMA aplicó una medida que fija “un caudal máximo a extraer de 19,2 litros promedio”, precisaron en un comunicado.

La SMA concluyó que la compañía no cumplió con sus obligaciones de dar aviso y de adoptar las acciones necesarias e idóneas para hacerse cargo de los impactos ambientales no previstos, consistentes en la disminución del nivel freático en la cuenca Pantanillo-Ciénaga Redonda, y el consecuente desecamiento de a lo menos 70 hectáreas de humedales del Complejo Lacustre Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa”, sentenció el dictamen.

En esa línea, la nueva cuota de extracción considera cantidades diferenciadas mensuales, con el objetivo de “asegurar la recirculación de solución en las pilas de lixiviación y el agua fresca para los trabajadores”.

“Ella (la sanción) viene a ratificar el actuar responsable, serio y objetivo que ha tenido esta institución en los últimos años”, detalló el superintendente del Medio Ambiente, Cristián Franz.

Además, destacó el hecho que el trabajo en cuestión fue coordinado en conjunto con diferentes departamentos de la entidad que representa, hecho reflejado en el “alto estandar” jurídico y técnico.