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La Corte Suprema revocó la anulación de la suspensión condicional en la arista LarrainVial del caso Factop, beneficiando a exdirectores de AGF Larraín Vial Activos y otros involucrados. El máximo tribunal ratificó el beneficio que había sido negado previamente, considerando que la decisión de rechazar la suspensión se basaba en argumentos presentados tardíamente por algunos querellantes.
Esta jornada, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que -previamente- anuló la suspensión condicional en la arista LarrainVial del caso Factop.
El beneficio, hoy ratificado por el máximo tribunal, favorece los cinco exdirectores de AGF Larraín Vial Activos: Andrea Larraín Soza, Sebastián Cereceda Silva, José Rafael Correa Achurra, Jaime Oliveira Sanchez-Molini y Andrés Bulnes Muzard; además el exgerente general Claudio Yáñez Fregonara y dos socios, Manuel Bulnes Muzard y Felipe Porzio Honorato.
Según se lee en el fallo “no resulta ajustado a lo establecido en el artículo 237, que el tribunal de segundo grado revoque lo decidido por el juez de Garantía y rechace la suspensión condicional del procedimiento, acudiendo a consideraciones planteadas tardíamente por tres de los más de treinta querellantes, a quienes sólo les asiste el derecho a ser oídos en el debate en análisis derecho que fue ejercido oportunamente por catorce querellantes, de los cuales solo uno se opuso a la salida alternativa”.
Según indicaron desde la compañía, a través de un comunicado, “esta resolución confirma que la salida alternativa acordada constituye un reconocimiento de la colaboración permanente de LarrainVial con la investigación del Ministerio Público”.
“Asimismo, establece que, sujeto al cumplimiento de sus términos, se pone fin al proceso penal para la empresa, sus exdirectores, exgerente general y colaboradores”, agregaron.
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