Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Con 131 votos a favor y 9 abstenciones, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la idea de legislar el proyecto que busca establecer sanciones para conductores que se fuguen de controles policiales. La iniciativa regresará a comisión técnica tras avanzar con indicaciones, y de ser aprobada modificaría la Ley de Tránsito para imponer multas o penas de prisión, dependiendo de las consecuencias de la fuga, como lesiones a personal policial u otras personas. El proyecto incluiría un nuevo artículo 195 en la Ley de Tránsito, fijando penas que van desde prisión en su grado máximo y multas, hasta presidio menor en diferentes grados y suspensiones de licencias, en función de la gravedad de la falta cometida por el conductor.
Con 131 votos a favor y 9 abstenciones, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este martes la idea de legislar el proyecto que busca establecer sanciones para los conductores que se fuguen de un control policial.
De esta forma, la iniciativa vuelve a la comisión técnica, pues avanzó con indicaciones.
Recordemos que la norma modificaría la Ley de Tránsito (18.290), fijando sanciones como multas o presidio, dependiendo de las consecuencias que cause la fuga, por lesiones a personal de Carabineros u otras personas.
De conseguir su aprobación, tal como lo señaló previamente BBCL, el proyecto agregaría el artículo 195 a la Ley de Tránsito. Este establece que “el conductor de un vehículo motorizado que siendo intimado por las policías para un control o fiscalización, no detuviere su marcha o huyere, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo, ya sea que no se ocasione daño alguno, o que con ello se causen daños materiales o lesiones leves”.
En ese sentido, la propuesta contempla las siguientes penas, dependiendo la gravedad:
–Prisión en su grado máximo (41 a 60 días). Además, multa de 4 a 6 UTM ($269.176 a $407.544), con prohibición de 6 meses para conducir un vehículo motorizado.
–Presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) y la suspensión de licencia por 9 meses, si causa daños materiales o lesiones leves.
–Presidio menor en su grado medio (desde 541 días a 3 años y un día) y prohibición de 18 a 36 meses para conducir, si hay lesiones menos graves.
–Presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años), con la inhabilitación de 36 a 60 meses para conducir un vehículo motorizado, si las lesiones son graves o causan la muerte de un tercero.
Nuestra sección de OPINIÓN es un espacio abierto, por lo que el contenido vertido en esta columna es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de BioBioChile
Estamos recopilando más antecedentes sobre esta noticia, quédate atento a las
actualizaciones.
Alerta de Spoiler
Este artículo podría contener información clave sobre la trama de un libro, serie o
película.
Advertencia de imágenes explícitas
¡Cuidado! Las imágenes de este artículo pueden herir la sensibilidad de algunas personas.
VER RESUMEN
Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
{{ post.resumen_de_ia }}
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al
149 de Carabineros, recibe orientación llamando al
número corto 1455 del Sernameg o pulsa para
usar el chat de orientación Sernameg
Suicidio
Si necesitas ayuda psicológica especializada o conoces a alguien que la requiera, el Ministerio
de Salud tiene un teléfono de ayuda atendida por profesionales todos los días del año y las 24 horas,
marcando desde celulares el *4141. Además, puedes recurrir a Salud Responde en el 600 360 7777.
Las personas sordas pueden recibir asistencia ingresando a
este enlace.
Transporte privado
Las aplicaciones de transporte privado pagado aún no se encuentran normadas por la legislación chilena.
Estudio científico
Este artículo se basa en un estudio científico que puede ser sometido a nuevas pruebas para ser validado o descartado. Sus resultados NO deben considerarse concluyentes.